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  • AYUDA AUDIENCIA ART. 80

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1133888  por DoctoraCarola
 
Colegas, espero me ayuden con esta duda que me surge en un laboral que tramito en CABA.

Sale un proveido del juzgado: "A LOS FINES DEL ART. 80 lo DESIGNASE AUDIENCIA PARA EL DIA ..... DE 2016 A LA QUE DEBERAN COMPARECER LAS PARTES A FIN DE INTENTAR A UNA SOLUCIÒN CONCILIATORIA BAJO APERCIBIMIENTO DE MULTA.
TIENESE PRESENTE LA PRUEBA CONFESIONAL.
....
CUMPLIDAS QUE SEAN LAS INTIMACIONES, OPORTUNAMENTE CITESE A LOS TESTIGOS PROPUESTOS POR LAS PARTES LOS QUE DEBERAN COMPARECER BAJO APERCIBIMIENTO DE LO NORMADO POR EL ART. 89 LO NOTIFIQUESE."

Mis preguntas son las siguiente: 1) solicite se intime a la demandada a designar absolvente y el juzgado me dice "Oportunamente se proveera", pero no entiendo cuando es esa oportunidad...
2) debo concurrir a esa audiencia con los testigos?
Estoy mareada porque en Provincia no se maneja de este modo... y no me queda claro como es en CABA, espero me puedan aportar experiencias, desde ya les agradezco todo aporte
 #1133935  por andresxeneizes
 
1) ojo que la LO no dispone que se puede designar absolventes, dice que tiene que ir el representante legal de la empresa.
2) no van los testigos, sino arreglan en ese momento se provee el resto de la prueba y ahi te diran si procede o no la prueba de testigos (obvio que procede, pero bueno ahi es cuando te lo confirman)
 #1133946  por DoctoraCarola
 
andresxeneizes escribió:1) ojo que la LO no dispone que se puede designar absolventes, dice que tiene que ir el representante legal de la empresa.
2) no van los testigos, sino arreglan en ese momento se provee el resto de la prueba y ahi te diran si procede o no la prueba de testigos (obvio que procede, pero bueno ahi es cuando te lo confirman)

Te agradezco muchisimo, me clarificaste un poco la cuestiòn respecto al albsolvente...
el resto del proveido en relaciòn a los testigos dice que "[i]en caso de fracasar la notificaciòn la parte proponente deberà denunciar el domicilio del testigo o peticionar lo que entienda corresponder dentro del tercer día de la audiencia. En caso de silencio se tendra por asumido el compromiso de hacer comparecer al testigo a la audiencia fijada con posterioridad".[/i]

Con lo que no quedaba claro para mi... sobre todo porque en el juzgado en mesa de entradas me dijeron que ese dia vaya con todos...
 #1133957  por DoctoraCarola
 
O sea, entiendo que puedo ir con todos y que puede o no tomarse la testimonial ese día, pero si no llegan a ir por el motivo que fuere tengo otra posibilidad para que asistan... me explique?
 #1133973  por andresxeneizes
 
copia el auto completo para ver bien que dice, me parece raro que hagan todo en la misma audiencia, pero bueno quizas ahora se les ocurra innovar a los juzgados laborales
 #1134771  por DoctoraCarola
 
andresxeneizes escribió:copia el auto completo para ver bien que dice, me parece raro que hagan todo en la misma audiencia, pero bueno quizas ahora se les ocurra innovar a los juzgados laborales
No innovaron los tribunales laborales, la audiencia ya la tuve y era solo de conciliación, sin testigos sin nada. Como se suspendió por quedar en tratativas conciliatorias, me dijeron que en la proxima celebraciòn sino se arriba a un acuerdo ahí mismo se fija fecha de testimoniales y absolvente. Gracias por la ayuda que me dieron :) *flor*
 #1134859  por lorena2013
 
solo el representante legal por absolución de posiciones. Atenti ahi que a veces revisas los estatutos y no estan designados en la constitución y pedis tenerlo por confeso
Ni hablemos si te aparece algun letrado apoderado