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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1136253  por leogermar83
 
Buenas, quisiera consultar con respecto a una persona que presenta deuda de autónomo y monotributo intercaladas en el tiempo (es decir meses pagos, otros no, deuda de intereses) desde el año 2007 a la actualidad. La señora nacida en 06/1956. La cuestión es si conviene renunciar a todos esos años o intentar pagarlos y cómo, ya que la deuda es importante. Muchas gracias por su tiempo, espero haberme explicado. Saludos.-
 #1136257  por benfer
 
leogermar83 escribió:Buenas, quisiera consultar con respecto a una persona que presenta deuda de autónomo y monotributo intercaladas en el tiempo (es decir meses pagos, otros no, deuda de intereses) desde el año 2007 a la actualidad. La señora nacida en 06/1956. La cuestión es si conviene renunciar a todos esos años o intentar pagarlos y cómo, ya que la deuda es importante. Muchas gracias por su tiempo, espero haberme explicado. Saludos.-

Hola leogermar, primero fijate cuantos meses pagos tiene desde el 2007 a la fecha ; si solo tiene aportes desde el 2007 a la actualidad solo podria adherir a la moratoria 26970; si tiene aportes anteriores a lo mejor podes adherirla a la 24476, nos faltan datos, para encuadrar el caso
Con respecto a la deuda, podes renunciar aquellos periodos que no vas a utilizar, mediante art 1 ley 25231
 #1136262  por leogermar83
 
Hola Benfer, muchas gracias en primer lugar; la señora tiene 80 meses pagos desde el 2007 a la fecha de los cuales la mayoría presentan intereses; sólo tiene aportes desde dicho año 2007 por lo que se adhiere a la Ley 26970. Saludos.-
 #1136385  por leogermar83
 
benfer escribió:
leogermar83 escribió:Buenas, quisiera consultar con respecto a una persona que presenta deuda de autónomo y monotributo intercaladas en el tiempo (es decir meses pagos, otros no, deuda de intereses) desde el año 2007 a la actualidad. La señora nacida en 06/1956. La cuestión es si conviene renunciar a todos esos años o intentar pagarlos y cómo, ya que la deuda es importante. Muchas gracias por su tiempo, espero haberme explicado. Saludos.-

Hola leogermar, primero fijate cuantos meses pagos tiene desde el 2007 a la fecha ; si solo tiene aportes desde el 2007 a la actualidad solo podria adherir a la moratoria 26970; si tiene aportes anteriores a lo mejor podes adherirla a la 24476, nos faltan datos, para encuadrar el caso
Con respecto a la deuda, podes renunciar aquellos periodos que no vas a utilizar, mediante art 1 ley 25231
Hola Benfer, muchas gracias en primer lugar; la señora tiene 80 meses pagos desde el 2007 a la fecha de los cuales la mayoría presentan intereses; sólo tiene aportes desde dicho año 2007 por lo que se adhiere a la Ley 26970. Saludos.-
 #1136394  por benfer
 
leogermar83 escribió:
benfer escribió:
leogermar83 escribió:Buenas, quisiera consultar con respecto a una persona que presenta deuda de autónomo y monotributo intercaladas en el tiempo (es decir meses pagos, otros no, deuda de intereses) desde el año 2007 a la actualidad. La señora nacida en 06/1956. La cuestión es si conviene renunciar a todos esos años o intentar pagarlos y cómo, ya que la deuda es importante. Muchas gracias por su tiempo, espero haberme explicado. Saludos.-

Hola leogermar, primero fijate cuantos meses pagos tiene desde el 2007 a la fecha ; si solo tiene aportes desde el 2007 a la actualidad solo podria adherir a la moratoria 26970; si tiene aportes anteriores a lo mejor podes adherirla a la 24476, nos faltan datos, para encuadrar el caso
Con respecto a la deuda, podes renunciar aquellos periodos que no vas a utilizar, mediante art 1 ley 25231
Hola Benfer, muchas gracias en primer lugar; la señora tiene 80 meses pagos desde el 2007 a la fecha de los cuales la mayoría presentan intereses; sólo tiene aportes desde dicho año 2007 por lo que se adhiere a la Ley 26970. Saludos.-


Hola, usaria obviamente todo lo que este pago, y pagaria los intereses que sean accesibles; fijate que en el buscador te dice como pagar los intereses autonomos y de monotributo segun el periodo que quieras cancelar. Yo por lo general, cuando son muchos meses no espero a que den en 0 cuando recalculo, sino que acompaño los tickets con los pagos de los intereses que figuran en el detalle de deuda. Creo que por ahi viene tu pregunta
 #1136564  por DANI5966
 
Hola! quisiera que me ayuden con lo siguiente: una mujer está pagando el aporte voluntario para jubilarse. Cumple la edad en octubre 2016. A la fecha podría reunir los 30 años de aportes con aportes en relación de dependencia, aporte voluntario y tengo la posibilidad de la moratoria permanente. ¿me conviene hacer que deje de aportar voluntariamente, ya que hasta octubre va a terminar abonando más de $5000 con el aporte voluntario y poner en moratoria si me faltan unos meses? La duda surge porque no creo que ese aporte voluntario le sume valor al monto de la jubilación, ya que supongo va a cobrar la mínima ¿o no?
 #1136633  por Emma2011
 
DANI5966 escribió:Hola! quisiera que me ayuden con lo siguiente: una mujer está pagando el aporte voluntario para jubilarse. Cumple la edad en octubre 2016. A la fecha podría reunir los 30 años de aportes con aportes en relación de dependencia, aporte voluntario y tengo la posibilidad de la moratoria permanente. ¿me conviene hacer que deje de aportar voluntariamente, ya que hasta octubre va a terminar abonando más de $5000 con el aporte voluntario y poner en moratoria si me faltan unos meses? La duda surge porque no creo que ese aporte voluntario le sume valor al monto de la jubilación, ya que supongo va a cobrar la mínima ¿o no?
Hola no se entiende tu planteo, si la mujer tiene ahora 30 años de aportes, no hace falta que siga aportando...
si no los tiene en octubre solo va a estar vigente la moratoria 24476 (se pueden comprar aportes hasta el 9/93), si no responde a tu pregunta aclara el tema... :roll:
 #1136738  por DANI5966
 
Emma2011 escribió:
DANI5966 escribió:Hola! quisiera que me ayuden con lo siguiente: una mujer está pagando el aporte voluntario para jubilarse. Cumple la edad en octubre 2016. A la fecha podría reunir los 30 años de aportes con aportes en relación de dependencia, aporte voluntario y tengo la posibilidad de la moratoria permanente. ¿me conviene hacer que deje de aportar voluntariamente, ya que hasta octubre va a terminar abonando más de $5000 con el aporte voluntario y poner en moratoria si me faltan unos meses? La duda surge porque no creo que ese aporte voluntario le sume valor al monto de la jubilación, ya que supongo va a cobrar la mínima ¿o no?
Hola no se entiende tu planteo, si la mujer tiene ahora 30 años de aportes, no hace falta que siga aportando...
si no los tiene en octubre solo va a estar vigente la moratoria 24476 (se pueden comprar aportes hasta el 9/93), si no responde a tu pregunta aclara el tema... :roll:

no los tiene pero puedo utilizar la moratoria ley 24476 y comprar años que son más baratos que el pago del aporte voluntario ¿estamos de acuerdo? Entonces le diría que deje de pagar el aporte voluntario y le hago una moratoria ¿o acaso el aporte voluntario le eleva el monto de jubilación? si le elevara la jubilación lo vería, sino le digo que deje de pagar el voluntario que es caro respecto a lo otro ¿me explico ahora?
 #1136785  por Emma2011
 

no los tiene pero puedo utilizar la moratoria ley 24476 y comprar años que son más baratos que el pago del aporte voluntario ¿estamos de acuerdo? Entonces le diría que deje de pagar el aporte voluntario y le hago una moratoria ¿o acaso el aporte voluntario le eleva el monto de jubilación? si le elevara la jubilación lo vería, sino le digo que deje de pagar el voluntario que es caro respecto a lo otro ¿me explico ahora?
Sigo sin entender tu planteo...si puede comprar los aportes que le faltan por moratoria 24476, por que esta pagando aportes voluntarios??? :shock: , no haría falta, si es que estoy interpretando bien lo que has escrito...
 #1136806  por MARIO1943
 
QUE SE ENTIENDE POR APORTES VOLUNTARIOS ? SE REFIERE A LO SIGUIENTE? ACLARA BIEN ESTE PUNTO PORQUE D E AHI DEPENDE LA RESPUESTA
ID 242506
Evento 2916 - ¿Cómo se realizan los aportes voluntarios como ama de casa?
15/03/2016 12:00:00 a.m.


Sí, podrá realizar aportes voluntarios en la medida que sea menor de 55 años. La categoría mínima es la "I" ($919,92 por mes) pudiendo optar por cualquier otra categoría superior.

Se aclara que en la actualidad, no puede afiliarse voluntariamente como ama de casa por el régimen especial de la Ley 24.828. Aquellas amas de casa que se hayan afiliado por dicha norma durante su vigencia (siempre que no excediera los 55 años de edad), continuarán efectuando los aportes de $ 316,22.
 #1136807  por Emma2011
 
MARIO1943 escribió:QUE SE ENTIENDE POR APORTES VOLUNTARIOS ? SE REFIERE A LO SIGUIENTE? ACLARA BIEN ESTE PUNTO PORQUE D E AHI DEPENDE LA RESPUESTA
ID 242506
Evento 2916 - ¿Cómo se realizan los aportes voluntarios como ama de casa?
15/03/2016 12:00:00 a.m.


Sí, podrá realizar aportes voluntarios en la medida que sea menor de 55 años. La categoría mínima es la "I" ($919,92 por mes) pudiendo optar por cualquier otra categoría superior.

Se aclara que en la actualidad, no puede afiliarse voluntariamente como ama de casa por el régimen especial de la Ley 24.828. Aquellas amas de casa que se hayan afiliado por dicha norma durante su vigencia (siempre que no excediera los 55 años de edad), continuarán efectuando los aportes de $ 316,22.
http://www.afip.gob.ar/genericos/docume ... onomos.pdf

...QUIÉNES PUEDEN OPTAR POR AFILIARSE VOLUNTARIAMENTE AL RÉGIMEN
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL?
Los sujetos que pueden optar por afiliarse voluntariamente al Régimen Nacional de la
Seguridad Social, son los siguientes:
 Miembros de consejos de administración de cooperativas que no perciban
retribución alguna por esas funciones, socios no gerentes de sociedades de
responsabilidad limitada, síndicos de cualquier sociedad y fiduciarios; y los socios
minoritarios de cualquier sociedad, que realicen en la misma sociedad actividades
especialmente remuneradas que configuren una relación de dependencia.
 Titulares de condominios y de sucesiones indivisas que no ejerzan la dirección,
administración o conducción de la explotación común.
 Miembros del clero y de comunidades religiosas pertenecientes al culto católico o
a otros cultos.
 Personas que ejerzan las actividades mencionadas en el Artículo 2º, inciso b),
Apartado 2 de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones y que por ellas se encontraren
obligatoriamente comprendidas en uno o más regímenes jubilatorios provinciales
para profesionales, como asimismo aquellos que ejerzan una profesión no académica
autorizada con anterioridad a la promulgación de la citada ley.
 Amas de casa no comprendidas en la Ley N° 24.828.
 Toda persona física menor de CINCUENTA Y CINCO (55) años aunque no
realizare actividad lucrativa alguna o se encontrare comprendida en otro régimen
jubilatorio, sin perjuicio de la afiliación que corresponda a dicho régimen.
 Socios de sociedades de cualquier tipo, menores de CINCUENTA Y CINCO (55)
años, que no se encuentren incluidos obligatoriamente en los incisos a) o b) del
Artículo 2° de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones.
 #1136872  por DANI5966
 
Emma2011 escribió:

no los tiene pero puedo utilizar la moratoria ley 24476 y comprar años que son más baratos que el pago del aporte voluntario ¿estamos de acuerdo? Entonces le diría que deje de pagar el aporte voluntario y le hago una moratoria ¿o acaso el aporte voluntario le eleva el monto de jubilación? si le elevara la jubilación lo vería, sino le digo que deje de pagar el voluntario que es caro respecto a lo otro ¿me explico ahora?
Sigo sin entender tu planteo...si puede comprar los aportes que le faltan por moratoria 24476, por que esta pagando aportes voluntarios??? :shock: , no haría falta, si es que estoy interpretando bien lo que has escrito...

Los está pagando porque los viene pagando hace varios años porque alguien la asesoró así. Cuando llega amí en estos días, se me ocurre hacer que deje de pagar eso que es más caro, y quería verificar que estaba en lo correcto con mi idea y que darle de baja no le iba a complicar en nada...
 #1136972  por Emma2011
 
Los está pagando porque los viene pagando hace varios años porque alguien la asesoró así. Cuando llega amí en estos días, se me ocurre hacer que deje de pagar eso que es más caro, y quería verificar que estaba en lo correcto con mi idea y que darle de baja no le iba a complicar en nada...
Es muy probable que alguien le haya dicho que solamente con la 24476 cuando cumpliera 60 años no podria jubilarse, por eso empezo a pagar aportes voluntarios ya que con la moratoria sola no llegaria a completar los 30 años.
Lo que yo haria es ver si con la moratoria 24476 (que podes comprar aportes hasta el 9/93 desde que cumplio los 18) mas los que tiene aportados como voluntarios, llega a los 30 años de aportes, si llega no tendria que pagar mas los voluntarios, pero si no llega tendria que seguir pagando esos aportes hasta que complete los 30 años.
 #1136978  por MARIO1943
 
Emma2011 escribió:
Los está pagando porque los viene pagando hace varios años porque alguien la asesoró así. Cuando llega amí en estos días, se me ocurre hacer que deje de pagar eso que es más caro, y quería verificar que estaba en lo correcto con mi idea y que darle de baja no le iba a complicar en nada...
Es muy probable que alguien le haya dicho que solamente con la 24476 cuando cumpliera 60 años no podria jubilarse, por eso empezo a pagar aportes voluntarios ya que con la moratoria sola no llegaria a completar los 30 años.
Lo que yo haria es ver si con la moratoria 24476 (que podes comprar aportes hasta el 9/93 desde que cumplio los 18) mas los que tiene aportados como voluntarios, llega a los 30 años de aportes, si llega no tendria que pagar mas los voluntarios, pero si no llega tendria que seguir pagando esos aportes hasta que complete los 30 años.
EMMA, SI REALMENTE SON APORTES VOLUNTARIOS YA QUE ESTOS PAGAN UN APORTE REDUCIDO, LOS MISMOS NO SIRVEN PARA COMPUTAR LOS 30 ANOS, SOLO ES COMPUTABLE CUANDO JUNTAS REALMENTE LOS 30 ANOS DE APORTES VOLUNTARIO DE LO CONTRARIOS NO SE COMPUTAN
 #1136996  por Emma2011
 
"MARIO1943"
EMMA, SI REALMENTE SON APORTES VOLUNTARIOS YA QUE ESTOS PAGAN UN APORTE REDUCIDO, LOS MISMOS NO SIRVEN PARA COMPUTAR LOS 30 ANOS, SOLO ES COMPUTABLE CUANDO JUNTAS REALMENTE LOS 30 ANOS DE APORTES VOLUNTARIO DE LO CONTRARIOS NO SE COMPUTAN
Hola Mario, en que resolucion dice que los 30 años tienen que ser unicamente de aportes voluntarios?