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 #1136328  por diego1989
 
Hola colegas! Les comento una situación que se está dando y que tal vez alguno haya pasado también como para que pueda compartir su experiencia. El temas es así: libré una cédula que ingresó a la oficina de notificaciones de La Plata el 28/03/2016 dirigida al domicilio constituido de la demandada notificando la sentencia. La cédula todavía no volvió para ser agregada al expediente. Yo apelé la sentencia y quiero elevar el expediente a cámara pero en el juzgado me dicen que hasta que no vuelva esa cédula no lo elevan porque no tienen constancia de cuando se notifico la demandada y no saben si se le venció a ella el plazo para recurrir. He llamado e ido a la oficina para hablar con el oficial notificador pero nunca se encuentra y no lo puedo ubicar y me dicen que la cédula les figura que fue diligenciada pero que no saben por que el oficial no la lleva al juzgado. A consecuencia de ello me dicen que pueden darme un certificado que sirva como constancia para acreditar que la cédula llego a destino.

¿Alguien sabe como funciona ese certificado? ¿Suplanta a la cédula? ¿En dicho certificado va a constar la fecha en que le llegó la cédula? Es la primera vez que me ocurre algo así y quería saber como se hace en estos casos y si alguno tuvo alguna experiencia con esta clase de certificados. Cualquier aporte será agradecido
 #1136418  por Pachita
 
Hola

Si recuerdo que alguna tuve que presentar el certificado que mencionas y el juzgado proveyo... de todos modos antes de dejar el escrito acompanando el certificado lo hablaria con la persona que despacha

Saludos