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  • Trabajador que renuncio. Posibilidad de reclamar.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1136028  por elperegrino7
 
Estimados, tengo una cliente que vino a verme dos semanas después de renunciar (renuncio con mes y medio de anticipación).
La cliente estaba declarada como vendedora en una heladería y era encargada. Primero durante 9 meses en una ciudad, la hicieron renunciar y siguió como encargada otro año en otra ciudad, la hicieron renunciar de vuelta y finalmente otros 2 años, y ahora renunció porque no daba más en el trabajo.
Mas allá del fraude existe, según la LCT pareciera que hay que intimar adecuación de categoría, real fecha de ingreso, aportes previsionales mientras esta vigente el contrato. Ahora bien, teniendo la renuncia ya consolidada, el ppio de realidad económica me permite acreditar el fraude y solicitar la multas etc? Que puedo hacer!?

Recién comienzo y hay cosas de la práctica que se me escapan. Saludos y muchas gracias!
 #1136406  por emily5984
 
Las multas de la ley 24013 requieren intimación previa a la disolución del vinculo, o sea que ya no podes reclamar por ahí. Las de la ley 25323 requieren despido, porque lo que hacen es duplicarte la indemnización por antigüedad o sea por ahí tampoco. Diferencias salariales podes reclamar por los últimos dos años y claro los rubros de la liquidación final: vacaciones proporcionales, integración del mes de despido etc, pero nada mas. Saludos.