Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • DERECHO DE HUELGA

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #112939  por CONDORKANQUI
 
PIDOLES SI FUERA POSIBLE AYUDARME CON ESTE TEMA, PORQUE ENTIENDO TIENE ARISTAS VARIAS Y COMPLICADAS. SOY FUNCIONARIO PUBLICO MI CRITERIO ES AMPLIO INCLUSIVE EN CUANTO A REPRESENTACION SINDICAL DADO QUE A VECES LA INEFICIENCIA SINDICAL LLEVA A SITUACIONES DE HECHO NO CONTEMPLADAS EN LA NORMATIVA VIGENTE.

 #112940  por Sailaw
 
Que cosa especifica queres saber?
 #112941  por CONDORKANQUI
 
PARA MI LA SOLUCION INDUBIANA SERIA SI ALGUIEN ESTA DE PARO CORTA LA RUTA Y NO DEJA PASAR A LOS TRABAJADORES A SU LUGAR DE TRABAJO, ESE HECHO NO SERIA FUERZA MAYOR NI CASO FORTUITO PUES UN HECHO COMO EL DESCRIPTO LA EMPRESA PUDO PREVEERLO Y AUN PUDO HABERLO ARREGLADO DE OTRA MANERA, ADEMAS DE TAL HECHO NO SER IMPUTABLE A LOS TRABAJADORES.

 #113133  por democritus
 
Kondorkanqui: perdoná pero no termino de entender bien cuál es el asunto. Parece que el tema es si se puede considerar el corte de ruta que impide el ingreso al trabajador a su fuente de trabajo como fuerza mayor o no... ¿son trabajadores de la misma planta? ¿Están todos en huelga? ¿Les descuentan por la huelga y los tipos dicen: yo quise entrar pero no me dejaron...?
Te agradeceré si podés explicar detalladamente el supuesto.
 #113648  por CONDORKANQUI
 
Demo, a pesar de no ser claro fuiste claro. empleados de una textil Pagoda que tomaron la planta cortaron la ruta y no dejaron pasar a nadie. los empleados de Juplast fueron impedidos, pero estos no estaban de paro, pero al no concurrir al trabajo la empresa no les abono los dìas y alega fuerza mayor. yo vi algo de obligaciones -estudio Derecho 4º- llambias y Cazeaux en relaciòn a fuerza mayor o caso fortuito y la huelga no se darìa como causal dentro del 514 CC no se darian los requisitos entonces lo fundo en eso, en la constitucionalidad de la huelga, mi no declaracion de ilegal y ordeno pago 100% como cuestiòn excepcional instando a las partes a negociar para el futuro ante un conflicto de igual dimensiòn o naturaleza. no es una burrada no ? creo. que decis vos tal vez de ahi tu pregunta sobre si el paro es total, parcial...y demas ? gracias
 #113650  por CONDORKANQUI
 
Demo quise decir a pesar de yo no ser claro.... te comento si te interesa yo como SEc. Gral plantee ante la OIT el Caso 2302 contra el Superior Tribunal de Justicia de San Luis en su anterior constitucional no la actual y por supuesto ganamos... (menos mal... :D ). saludos a la distancia