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 #1136675  por escrawn
 
Estimados colegas,

Tengo que escribir una declaratoria de herederos de un juzgado de capital en el RPI de Provincia, estoy un poco perdido sobre todo en la parte registral y me gustaría que me orienten un poco. La declaratoria debe inscribirse mediante oficio/testimonio ley 22.172, legalizar en camara y pagar las visaciones correspondientes en la caja de Abogados. Mi consulta es sobre todo del procedimiento de inscripción, requisitos, tasas, impuestos (se abona impuesto a sellos o transmisión gratuita de bienes?).

Desde ya muchas gracias!
 #1136680  por ebarreyro
 
Si, se abona impuesto de sellos, y una vez abonado se ingresa en la dirección de catastro de ARBA -en 7 y 46 en La Plata-; debe tener el impuesto provincial al día. Tardan unas tres semanas, y recién ahí va para el Registro de la Propiedad.