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  • Causales de despido

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1136967  por marianitaroxy
 
Disculpen si la pregunta es algo equívoca. El asunto es que envíe un telegrama intimando a la registración de la relación laboral así como el pago de diversos rubros, todo bajo apercibimiento de despido indirecto. El empleador negó la relación laboral y debo enviar el telegrama extintivo de la relación. La pregunta es: Conviene mencionar como causal sólo la negativa de la relación o todas las causales (negativa, falta de registración y pago de los rubros solicitados). Desde ya nadie podría registrar ni pagar rubros en virtud de una relación laboral que desconoce pero el puntes saber qué es lo conveniente?. Gracias.
 #1136977  por Pedro1988
 
Buenas el otro día estuve leyendo un fallo en el cual se expresaba claramente que habiendo el trabajador intimado fehacientemente al empleador conforme el art 8 en la forma que establece el art 11 de la LE La mera negativa del empleador es suficiente para configurar una injuria grave. Es decir que puede considerarse indirectamente despedido. Por otra parte también expresaba que el silencio del empleador no constituye injuria grave si el empleador procedía a registrar la relación dentro del plazo de 30 días siguientes al emplazamiento aunque el trabajador se haya considerado indirectamente despedido. No recuerdo ahora bien el fallo pero lo voy a buscar y te lo paso. Considero que si contesto en forma negativa procede considerarse despedido
 #1137009  por marianitaroxy
 
Agradezco el mensaje. Sí, desde ya que la negativa de la relación laboral es una injuria. La consulta va enderezada a saber si me conviene incluir aquellas injurias derivadas de los incumplimientos a lo pedido (falta de registración, falta de pago de diversos rubros) o me conviene poner sólo la negativa.
 #1137012  por Pedro1988
 
Generalmente al menos en esta jurisdicción la regla es que el empleador niega el vínculo, si ya intimaste por todos los rubros correspondientes no es necesario que detalles que la injuria deriva de tal y tal rubro se presume, en principio ante la negativa del empleador frente al emplazamiento efectuado en algunas ocasiones suelo contestar la carta documento de esta forma, rechazo cd N° tanto por temerario y malicioso, reitero y ratifico intimación efectuada en telegrama N• tanto, intimo por algún rubro o que me falto por ejemplo el art 80 generalmente me vuelven a responder en forma negativa y envío un último telegrama ante la negativa del empleador al emplazamiento efectuado me considero gravemente injuriado generalmente pongo fin al intercambio y señalo que iniciare acciones legales correspondientes como acá no tenemos SECLO. pero algunos colegas no suelen enviar tantos telegramas ante la primer negativa ya se se consideran indirectamente despedidos y dan inicio a las acciones correspondientes