Estimados colegas,
llega un cliente que sufrió un accidente laboral el 27/05/2014... nunca hizo la denuncia y fue un accidente en ocasión de trabajo. Ni siquiera sabe si la atención que recibió ha sido por ART o por su obra social.
En fin, está por prescribir el asunto, en breve. Entonces,
1) Interpongo una demanda al solo efecto interruptivo?
2) A la par hago la denuncia de siniestro a la ART por Telegrama
3) finalmente, reactivo la demanda con lo que surja de la contestación de la ART?
4) La ART es Provincia Seguros... tengo que ir a La Plata, no?
5) nunca hice contra Provincia Seguros, alguna recomendación? Se que no se plantea la misma demanda que en capital federal, puede ser?
Cualquier colaboración, quedo agradecidisima!
Saludos!
llega un cliente que sufrió un accidente laboral el 27/05/2014... nunca hizo la denuncia y fue un accidente en ocasión de trabajo. Ni siquiera sabe si la atención que recibió ha sido por ART o por su obra social.
En fin, está por prescribir el asunto, en breve. Entonces,
1) Interpongo una demanda al solo efecto interruptivo?
2) A la par hago la denuncia de siniestro a la ART por Telegrama
3) finalmente, reactivo la demanda con lo que surja de la contestación de la ART?
4) La ART es Provincia Seguros... tengo que ir a La Plata, no?
5) nunca hice contra Provincia Seguros, alguna recomendación? Se que no se plantea la misma demanda que en capital federal, puede ser?
Cualquier colaboración, quedo agradecidisima!
Saludos!