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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1137184  por Emma2011
 
MARCO82 escribió:Hola Emma,
Tal vez me expresé mal. El titular inscripto no esta, eso seguro. Los pagos se lo hizo la empresa que lo llevó a trabajar al extranjero.
Lo que yo quiero saber es si, dada la situación mencionada, puedo tener dos opciones o no: 1.- desafectar los pagos dado que el titular nunca se inscribió y no realizó personalmente los mismos, 2.- hacer la inscripción.
Respecto de la aplicación de la 25321, la misma corresponde si hay deuda, lo que al no poder liquidar el SICAM desconozco hasta el momento.
Gracias y saludos.
Marco,
1) vos mas arriba escribiste que lograste que le modificaran el PUC, comentanos que le figura ahora que modificaron el PUC en Sicam: Consulta "Datos personales" y que pagos le figuran en la pantalla de Consulta "Pagos", asi aclaramos el tema...
2) Y porque no podes liquidar en Sicam? :roll:
 #1137234  por MARCO82
 
No Emma, yo arranque con un tramite y luego hice referencia a otro, no quise abrir otro post por cuestiones similares.
TRAMITE 1.- Logre que modificaran el PUC e inicie la jubilacion en ANSES.
TRAMITE 2.- Cliente tiene aportes como autónomo (sin inscripción) porque cuando se fue a trabajar a Mexico para la empresa Techint, esta última le hizo aportes autónomos voluntarios, a pesar de no tener inscripción (desconozco si esto esta pactado en el contrato de trabajo o es una costumbre de la empresa para casos similares).
El titular inscripto no esta, eso seguro. Los pagos se lo hizo la empresa que lo llevó a trabajar al extranjero.
Lo que yo quiero saber es si, dada la situación mencionada, puedo tener dos opciones o no: 1.- desafectar los pagos dado que el titular nunca se inscribió y no realizó personalmente los mismos, 2.- hacer la inscripción y tomar el año de autonomo y su incidencia en el haber inicial.
Espero se entienda.
gracias
 #1137307  por Emma2011
 
MARCO82 escribió: TRAMITE 2.- Cliente tiene aportes como autónomo (sin inscripción) porque cuando se fue a trabajar a Mexico para la empresa Techint, esta última le hizo aportes autónomos voluntarios, a pesar de no tener inscripción (desconozco si esto esta pactado en el contrato de trabajo o es una costumbre de la empresa para casos similares).
El titular inscripto no esta, eso seguro. Los pagos se lo hizo la empresa que lo llevó a trabajar al extranjero.
Lo que yo quiero saber es si, dada la situación mencionada, puedo tener dos opciones o no: 1.- desafectar los pagos dado que el titular nunca se inscribió y no realizó personalmente los mismos, 2.- hacer la inscripción y tomar el año de autonomo y su incidencia en el haber inicial.
Espero se entienda.
gracias
1) Si podes pedir que los desafecten.
2) Tambien podes pedir que incluyan el periodo en "datos personales de Sicam" llevando la pantalla de pagos impresa, como hiciste con el otro trámite...
En cuanto a la incidencia en el haber inicial, tendrias que solicitar en uno de los sistemas que hay que te hagan el cálculo.
Personalmente si es menos de un año, estaba inscripto en una categoria mínima, tiene los 30 años sin contar con esos aportes, le aconsejaria que los desafecte...
 #1137654  por MARCO82
 
Gracias Emma,
Para pedir la desafectación por medio del F206, hay que tener algun recaudo en particular o solo se menciona que se "desconocen los pagos y que se desafecten los mismos"
Buen finde.
 #1140181  por lucky
 
Retomo el tema porque justo me tocó un caso con muchos pagos en períodos prescriptos por fuera del PUC.
Si bien se pueden desafectar por la Circ. 22/13, como dijo Mario también se pueden cargar manualmente en base a la CIRCULAR 48/13.

Circular 48/13 - ANSeS (DP)
Probatoria de servicios autónomos y monotributistas. Comprobación de servicios con aportes efectuados. Reemplaza a la circular GP 58/10.

Buenos Aires, 27 de junio de 2013
Dado que se facultó a la Dirección General de Diseño de Normas y Procesos para dictar las normas de procedimiento y disposiciones aclaratorias de la Resolución D.E.-N N° 555/10 (Probatoria de Servicios Autónomos y Monotributistas), se aclara que si el afiliado invoca aportes realizados en tiempo y forma, que respalden lo indicado en la situación de revista del SICAM, son considerados como prueba suficiente de servicio, en tanto estén incluidos en la pestaña (historia de pagos) que emite el SICAM.
En consecuencia, no resultará necesario que el afiliado concurra a la Agencia de AFIP, para comprobar los períodos donde figuran los aportes realizados en tiempo y forma, ya que los cuales se consideran prueba fehaciente de la actividad y de la categoría efectuada, por aplicación supletoria del apartado 7.6. (Ampliación de Servicios) del ítem 4 (Verificación del Derecho) del capítulo VI (Acreditación de Servicios) del Anexo de la Resolución D.E.-N N° 555/10.