noemiadriana escribió:En la nueva moratoria no te pagan el año anterior.
ES CORRECTO LO QUE DECIS, PERO DE DONDE SURGE QUE NO SE PAGA? LA LEY 26970 NO LO ESPECIFICA
SI POR LA 24476 LA PAGABAN , PORQUE LA DISCRIMINACION CON LA 26970
SI VOS TE FIJAS EN LA PAGINA DE ANSES AL DIA DE HOY DICE LO SIGUIENTE
Pensión derivada por fallecimiento de un jubilado
Si el trámite es realizado durante el primer año de ocurrido el fallecimiento, se reconocerá el retroactivo correspondiente desde el día posterior al deceso del beneficiario. En el caso de iniciarlo pasado el año, se le reconocerá el retroactivo por el año anterior a la fecha de iniciación de la prestación.
ACA ANSES DICE QUE CORRESPONDE INDEPENDIENTEMENTE CUAL FUE LA MORATORIA QUE UTILIZO, ES OTRO INVENTO MAS DE ANSES SIN FUNDAMENTO
HAY QUE RECLAMARLO QUE ANSES FUNDAMENTE POR EL CUAL NO SE PAGO EL RETRO , ADJUNTADO LO QUE DICE LA PAGINA DE ANSES