Chicos, hace rato que no me presento sin el cliente, pero lo van a operar y no me queda otra. Para los formularios de presentación de INICIO, hace como dos años atrás, bastaba con la firma certificada por policía federal. No era necesario Juzgado de paz o escribano. ¿Eso sigue vigente? Tengo que presentar en Turdera, en Provincia de Buenos Aires. No es una jubilación por "nueva moratoria". Será L. 24241 o, lo sumo, L. 24476
Desde ya, y como siempre, muchas, muchas gracias
Desde ya, y como siempre, muchas, muchas gracias
Don Quijote soy y mi profesión la de andante caballería. Son mis leyes el deshacer entuertos, prodigar el bien y evitar el mal. Huyo de la ambición y la hipocresía y busco para mi propia gloria la senda más angosta y difícil. ¿Es eso de tonto y mentecato?