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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1136792  por DrGiu
 
Buenas noches colegas, me surgio una duda, llego a verme una señora xq desde Anses le dijeron q no puede acceder a la Nueva Moratoria, xq no llega con los aportes, cumple años el día 06 de Septiembre. Tengo entendido q puede ir pagando monotributo, le faltarian 8 meses de aportes según calculos. Mis dudas son las siguientes: si saco el turno previo a la fecha de baja de la Moratoria y me otorgan el turno para 2 o mas meses despues es válido???? Siendo así inscribo a la señora como costurera en AFIP o como monotributo social aportante solamente??? disculpen las preguntas que hasta pueden ser básicas pero me surgieron y kiero ver si puede acceder a la jubilación!!!!!! GRX
 #1136795  por alejandra01
 
totalmente válido.
DrGiu escribió:Buenas noches colegas, me surgio una duda, llego a verme una señora xq desde Anses le dijeron q no puede acceder a la Nueva Moratoria, xq no llega con los aportes, cumple años el día 06 de Septiembre. Tengo entendido q puede ir pagando monotributo, le faltarian 8 meses de aportes según calculos. Mis dudas son las siguientes: si saco el turno previo a la fecha de baja de la Moratoria y me otorgan el turno para 2 o mas meses despues es válido???? Siendo así inscribo a la señora como costurera en AFIP o como monotributo social aportante solamente??? disculpen las preguntas que hasta pueden ser básicas pero me surgieron y kiero ver si puede acceder a la jubilación!!!!!! GRX
 #1136798  por MARIO1943
 
DrGiu escribió:Buenas noches colegas, me surgio una duda, llego a verme una señora xq desde Anses le dijeron q no puede acceder a la Nueva Moratoria, xq no llega con los aportes, cumple años el día 06 de Septiembre. Tengo entendido q puede ir pagando monotributo, le faltarian 8 meses de aportes según calculos. Mis dudas son las siguientes: si saco el turno previo a la fecha de baja de la Moratoria y me otorgan el turno para 2 o mas meses despues es válido???? Siendo así inscribo a la señora como costurera en AFIP o como monotributo social aportante solamente??? disculpen las preguntas que hasta pueden ser básicas pero me surgieron y kiero ver si puede acceder a la jubilación!!!!!! GRX
YA EN UNA OPORTUNIDAD EXPUSE SOBRE LA INTERPRETACION DE LA LEY 26970
1) EL ALCANCE DE LA LEY 26970 EN PRINCIPIO ES DE ACUERDO A LA LEY LO SIGUIENTE

La Ley Nº 26.970 establece en su artículo 1º que los trabajadores autónomos inscriptos o no en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA ) y los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), podrán
regularizar las deudas previsionales conforme al régimen especial establecido en la citada ley.
YO INTERPRETO QUE NO ES SOLO PARA CAPTAR EL BENEFICIO DE LA JUBILACION, YO ME PUEDO ADHERIR A LA MORATORIA Y DIGO QUE QUIERO REGULARIZAR DEUDA HASTA 12/2003 INDEPENDIENTEMENTE SI ALCANZO O NO LOS 30 ANOS APORTES Y ESOS APORTES REGULARIZADOS ME LO TIENEN QUE RECONOCER EN UN FUTURO PARA CUANDO REUNA LOS 30 ANOS DE APORTES.

POR OTRO LADO LA LEY 26970 EN SU ART 2 LO EXTIENDE A LOS QUE NECESITAN PARA OBTENER LOS BENEFICIOS DEL ART 17 DE LA LEY 24241, AL DECIR PODRA Y PONE COMO CONDICION QUE HAYAN CUMPLIDO LA EDAD JUBILATORIA HASTA EL 18/09/2016, NO DICE QUE A ESA FECHA HAYA REUNIDO LOS 30 DE APORTES(ACA SE LE ESCAPO LA TORTUGA, DEJARON UN VACIO) Y SEGUN TU CASO VOS AL 18/09/2016 CUMPLI CON LA EDAD JUBILATORIA

El artículo 2º de la Ley Nº 26.970 prescribe que los sujetos comprendidos en su ámbito de aplicación podrán acceder a las prestaciones instituidas por los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias
siempre que a la fecha hayan cumplido o cumplan la edad jubilatoria prevista en el artículo 19 de la Ley N° 24.241, dentro del plazo de dos (2) años desde la vigencia de la Ley.
SEGUN MI INTERPRETACION , ESTE SERIA EL FUNDAMENTO PARA PODER REFUTAR TODO RECHAZO DE ANSES, PORQUE ANSES LO VA A REBOTAR, POR NO CUMPLIR AL 18/09/2016 30 DE APORTES, COSA QUE LA LEY NO LO DICE Y PARA MI LO QUE NO DICE LA LEY ESTA PERMITIDO
 #1136809  por DrGiu
 
buenisimo Mario, mil grx. Lo voy a llevar a cabo y ante cualquier planteo q me hagan en esa fecha les aviso como me va ;)
 #1136851  por sandrao
 
El asunto es que él SICAM no lo podes enviar vos, lo envía el Anses
 #1136971  por Emma2011
 
sandrao escribió:El asunto es que él SICAM no lo podes enviar vos, lo envía el Anses
Sandrao: No lo envia el, lo envia anses, pero puede pedir turno, solicitar que le envien el sicam que llevara confeccionado, que inicie bajo insistencia si no se la quieren iniciar aunque le digan que le van a denegar la jubilación...
Que se la denieguen, el sicam ya va a estar enviado y si sigue pagando las cuotas hasta que compense con la edad, puede iniciarla de nuevo cuando cumpla esa condición, con el plan que ya tendra enviado.
 #1137018  por DrGiu
 
CHICOS GRX X LOS APORTES!!!!!!!! ya la hice inscribir a la señora, pudo comprar incluso el mes de abril, asi q uno mas para sumar, al turno aki en tucumán lo estan arrojando de a 2 a 4 meses como mínimo así q creo q llego seguro, voy a seguir cada consejo y plantear el caso de la mejor manera posible.
AHHHHHH y si x casualidad alguno me puede explicar: se puede justificar un aporte en relación de dependencia donde en la sábana de ANSES aparece meses aportados "00"???? yo lo iba a justificar con cert. de serv. pero la empresa ya no existe, me dicen q no lo tome en cuenta al año al momento de iniciar xq la respuesta en la UDAI es pasarlo de largo como un año perdido :(
 #1137073  por inessss
 
jamas es un año perdido !! si el alta y baja es 00 significa que trabajo durante todo el año ,pero ahí en tucumàn acompaña por mas que no exista la empresa un telegrama solicitando certificacion de servicios por ese periodo, esa es una UDAI muy caprichosa y complicada
 #1137077  por alejandra01
 
si dice 00 es el histórico. Poné el alta y la baja, que dice?. tal vez con la 524 puedas pedir que se te tome también.
como te dijo Inés, enviá el telegrama y si tenés acompañá algún recibo, pero no te fies de ese período. Pagá el monotributo incluso hasta septiembre para no ir con lo justo. saludos
DrGiu escribió:CHICOS GRX X LOS APORTES!!!!!!!! ya la hice inscribir a la señora, pudo comprar incluso el mes de abril, asi q uno mas para sumar, al turno aki en tucumán lo estan arrojando de a 2 a 4 meses como mínimo así q creo q llego seguro, voy a seguir cada consejo y plantear el caso de la mejor manera posible.
AHHHHHH y si x casualidad alguno me puede explicar: se puede justificar un aporte en relación de dependencia donde en la sábana de ANSES aparece meses aportados "00"???? yo lo iba a justificar con cert. de serv. pero la empresa ya no existe, me dicen q no lo tome en cuenta al año al momento de iniciar xq la respuesta en la UDAI es pasarlo de largo como un año perdido :(
 #1137122  por DrGiu
 
asi es Innes, aqui no solo te la ponen dificil sino q ademas si pueden te la complican. Cuando inicie una por INSISTENCIA me decían q xq le hacia perder el tiempo a la gente, q cuando no cumplen los requisitos q impone la ley no se pueden jubilar y listo (JEFA DE SECCIÓN JURÍDICOS) q es mentira eso de q la gente gana juicios, si igual nunca les pagan!!!!!!!!!!!!!!!!!! A eso me tengo q enfrentar día a día, x eso algunas de mis preguntas resultan hasta absurdas a veces, pero me topo con cosas q se escapan incluso de mi imaginación. Y si Alejandra, en la sabana aparece ""1977 - C.SE 00 - ALT (sin nada) - BAJA (sin nada) - M.T (sin nada)
 #1137607  por inessss
 
DrGiu si en ambas columnas figura 00,o en blanco significa que trabajo durante todo el año,asi te lo tienen que tomar pero como te dije manda telegrama,te entiendo con esa UDAI ademas que no conocen circulares y resoluciones que ellos mismo dictan,para ellos todo lo que hace un abogado esta mal tienen un desprecio por los abogados y son un desastre y las jefas se hacen competencia quien es mas grosera