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  • Facturación y monotributo en el cobro de deudas

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 #1137202  por lucasndiez
 
Hola ¿Cómo están? Soy nuevo en el ejercicio de la profesión y necesito de ayuda.
Me matriculé pero estuve trabajando en la administración pública hasta hace poco. Ahora decidí ejercer de forma autónoma.
Me anoté en el monotributo, en la categoría B, y con un amigo salió la idea de realizar cobros de deudas para colegios de gestión privada, a través de acuerdos de pago y pagarés.
La situación es que los pagarés estarían a nombre de nuestro estudio (de mí principalmente). Nosotros nos quedaríamos un porcentaje de la deuda y el resto volvería al colegio.
¿Cómo hago para dejar sentado esto fiscalmente? Porque entiendo que al facturarle al deudor el importe total (mi parte y la del colegio) la AFIP entiende que yo cobré toda la suma.
Gracias de antemano y cualquier consejo que tengan sobre la facturación será bienvenido.
 #1137399  por emily5984
 
Hola. Entiendo que como monotributista no podés facturar un monto y después descontar ante Afip por ningún concepto. Los estudios que hacen cobranzas no las facturan con sus propios factureros. Hacen un recibo y factura el acreedor.
 #1137532  por flux
 
No podes, no solo al facturar vos es, para AFIP, plata tuya, sino que, para peor, es un fraude de parte del colegio que esta cobrando, "plata en mano", con la facturacion de otro. Osea, podes hacerlo, pero la carga fiscal la tenes que soportar vos, y no decir nada en AFIP o le generas un lio al colegio
 #1137641  por lucasndiez
 
emily5984 escribió:Hola. Entiendo que como monotributista no podés facturar un monto y después descontar ante Afip por ningún concepto. Los estudios que hacen cobranzas no las facturan con sus propios factureros. Hacen un recibo y factura el acreedor.
Muchas gracias. Es una duda que tenía. Entonces entiendo que el pagaré tiene que estar a nombre del Colegio y, por otra parte, ellos nos hacen un poder para cobrar la deuda ¿Es así? La cuestión es que al ejecutar, nuestra idea es llevarnos un gran porcentaje de la deuda (entre el 60% y el 70%), por lo que quería saber que impacto fiscal tiene eso tanto para los colegios como para nosotros.
Gracias Emily.
 #1137643  por lucasndiez
 
flux escribió:No podes, no solo al facturar vos es, para AFIP, plata tuya, sino que, para peor, es un fraude de parte del colegio que esta cobrando, "plata en mano", con la facturacion de otro. Osea, podes hacerlo, pero la carga fiscal la tenes que soportar vos, y no decir nada en AFIP o le generas un lio al colegio
La idea era saber el procedimiento adecuado. Se me ocurre ahora que haga todo a nombre del colegio, ellos me realicen un poder para la ejecución de los títulos de crédito y cobrar un porcentaje en calidad de honorarios.
 #1137884  por flux
 
La idea era saber el procedimiento adecuado. Se me ocurre ahora que haga todo a nombre del colegio, ellos me realicen un poder para la ejecución de los títulos de crédito y cobrar un porcentaje en calidad de honorarios.
Eso si se puede...
 #1138506  por lucasndiez
 
flux escribió:
La idea era saber el procedimiento adecuado. Se me ocurre ahora que haga todo a nombre del colegio, ellos me realicen un poder para la ejecución de los títulos de crédito y cobrar un porcentaje en calidad de honorarios.
Eso si se puede...
Muchas gracias. Muy amable! Saludos.