Buenas tardes colegas. Estoy llevado adelante una sucesión, en la cual hay una SRL (Constituida durante el matrimonio sin indicación del origen de los fondos para su constitución), en la cual las cuotas partes figuran constituidas con la titularidad del 50% para cada uno de los conyuges. En el expediente he declarado únicamente el 50% de la SRL. La gran duda se me presenta al momento de la partición, pues si considero que todo lo adquirido posterior al matrimonio es bien ganancial, entonces luego de la partición la cónyuge superstite continuaría ostentando el 50% de la SRL, y el otro 50% entre sus dos hijos; o debería de considerar como bien propio el las cuotas parte de c/u de los conyuges y entonces la partición seria entre 3, quedando la conyuge superstite con el 50% de su titularidad mas 16.6% del otro 50%? agradezco de sus comentarios para aclararme esta duda.
