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  • Agotar la via administrativa

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #1138095  por Quelo1981
 
Estimados colegas, necesito me orienten un poco en que circunstancias en requisito agotar la via administrativa previa.
Estoy con el intercambio de CD con una municipalidad, y ya me negaron la deuda 3 veces.
Es requisito para iniciar la demanda agotar la via admin. siendo que ya la negativa a pagar es manifiesta?

ARTICULO 14º: (Texto según Ley 13101) Requisitos de admisibilidad de la pretensión. Supuestos de agotamiento de la vía administrativa.

1. Sin perjuicio de los demás requisitos previstos en el presente Código, será necesario agotar la vía administrativa como requisito de admisibilidad de la pretensión procesal en todos los casos salvo los siguientes supuestos:

b) Cuando mediare una clara conducta de la demandada que haga presumir la ineficacia cierta de acudir a una vía administrativa de impugnación o cuando, en atención a particulares circunstancias de caso, exigirla resultare para el interesado una carga excesiva o inútil. La interposición de la demanda importará la interrupción de los plazos de caducidad para la presentación de los recursos en sede administrativa.

gracias!




gracias !!!
 #1143525  por pereyrasayago
 
Hola estas hablando de una Municipalidad, por ende deberia operar el Decreto ley 7647/70, si es Provincia de Buenos Aires.
Necesito mas info y te ayudo.
 #1145262  por Quelo1981
 
gracias por la respuesta, si, es contra la Munic.de Fcio Varela , un reclamo por facturas de servicio adeudadas.
Atte.
Ezequiel