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  • Intima a Jubilarse - Empleo NO Registrado

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1138375  por juridica2010
 
Buenas tardes colegas! Recurro a Uds. con la siguiente consulta. Tengo el siguiente caso. Hace 15 días mi cliente recibió una CD donde se le reiteran 2 CD del año pasado (mayo y junio 2015), mediante las cuales se lo intimaba a jubilarse (art. 252 LCT). El tema es que él me informa que NUNCA recibió esas CD del 2015, y en esta nueva CD se le recuerda que la relación laboral se mantendrá hasta el 22/06/2016, por lo que debe abstenerse de presentarse a trabajar el 23/06/2016. Intenté rastrear las CD del 2015 por la página del Correo Argentino, pero no existen, supongo que por el tiempo transcurrido. Tengo entendido que si en el Correo hay constancia de que ha recibido segunda visita, se lo tiene por notificado, verdad? Voy a pedirle al trabajador que concurra al Correo, para saber si esas CD están archivadas, alguna idea? Tuvieron un caso así? Ahora bien, el otro tema es que los primeros 3 años, trabajo en esta empresa "en negro", y tampoco se le abonaron las "horas nocturnas" (2 hs por día)... Qué sería lo correcto? Contestar la CD e intimar por la relación laboral parcialmente registrada? Desde ya muchísimas gracias!! Saludos!!!
 #1138384  por juridica2010
 
A mi consulta, agrego: que el cliente tiene 69 años, cumple 70 recién en 2017, y tiene 16 años de aportes. Es decir, no llega a los 30 años de aportes necesarios para la Jubilación Ordinaria, pero tampoco tiene los 70 años que exige la Jubilación por Edad Avanzada. Muchas gracias!
 #1138386  por agentil
 
No entiendo bien, tu cliente esta en negro o blanco? Si estuvo en algún momento en negro, podés intimar a registrar y procede la 24013. Además de ello, le podes decir que no procede su intimación porque no reúne los requisitos para jubilarse y listo, no se extingue por jubilación.

saludos!!
 #1138387  por juridica2010
 
Hola agentil, muchas gracias por responder. Actualmente está en blanco, pero los primeros 3 años trabajó en negro. Yo pienso igual que vos, que hay que intimar a registrar mientras la relación laboral continúe vigente, y que debe desestimarse la intimación para jubilarse, por no reunir los requisitos para la Ordinaria (65 años edad + 30 años aporte) ni la de Edad Avanzada (70 años edad). Pero me llama la atención el grosero error del empleador! Capaz es algo común, pero como sería mi primera jubilación, tampoco tengo margen para comparar... De nuevo, gracias por compartir!!! Saludos!!