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 #1138701  por magoo983
 
A.-Se ganó un juicio por daños y perjuicios, la sentencia se apeló ya en cámara la cia de seguros me ofreció un convenio de pago ,en una de sus cláusulas se acuerda que apartir de la homologación se fijas 20 dias habiles para depositar.
El tema es que cámara y el juzgado al haber una sentencia ,al convenio lo toman como un reconocimiento de pago y no homologan .
La cia de seguros a toda costa quiere que le homologuen el convenio sino no paga,han apelado el proveído en donde dice que no se lo van a homologar y le han contestado lo siguiente
Buenos Aires, de mayo de 2016.- GA fs. 805
Atento que el decisorio de fs. 799, no causa gravamen
irreparable conforme lo establecido por el art. 242, inc. 3° del
Cód. Procesal, desestimase el recurso de apelación interpuesto.
1.tan importante es que le homologuen el convenio???
2.-ahora bien como los puntos del convenio son válidos, se plantea la siguiente situacion:
se acordó que en caso de no homologación y no pago en tiempo y forma el acuerdo se cae el acuerdo y el expediente debe volver a cámara para dictar sentencia.
3.- que me conviene ejecutar directamente el acuerdo o solicitar que se caiga el mismo.
Lo planteo porque al no homologar no se cumple lo acordado en el punto A y por tal motivo considero que no hay incumplimiento de la otra parte.(en camara me dijeron que ejecute)
 #1139812  por HERNAN3192
 
peroooo si ya tenes sentencia y esta en Cámara, no te conviene que resuelva la Cámara y listo? ya que esperaste tanto, digo porque seguramente el Seguro paga menos si no espera.