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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1138922  por facuboga
 
Buenas tardes colegas.
Les traigo una inquietud a la que hasta ahora no he podido encontrar un respuesta uniforme.
Me encuentro patrocinando a una empresa hotelera que ha sido demandada por via de la ley 22250. El tema es asi, mi cliente se dedica a los emprendimientos hoteleros.
A su vez, ha contratado para la construccion de uno de ellos, a distintas empresas constructoras.
El trabajador inicia su demanda y la dirige contra un contratista simple y contra mi cliente que es el dueño de la obra, fundando ello en que los obreros accionantes no estaban registrados por lo que cabria a mi cliente responder por via del Art. 32 de dicha ley (30 LCT).
En ese sentido no encuentro objeciones, sin perjuicio de que en la contestación de la demanda negué esos vínculos laborales, al menos en lo que mi parte conoce.
El tema es el siguiente. Mi cliente me comenta que esos trabajadores en realidad podrian haberse desempeñado para tres empresas constructoras que participaron en la construccion del hotel: Las mismas son tres personas juridicas. Mi cliente me encomienda, entonces, citarlas al proceso toda vez que las mismas tienen firmadas con mi cliente, clausulas de indemnidad laboral.La idea de incorporarlas al proceso es poder el dia de mañana intentar una repeticion de lo pagado, en caso de una sentencia condenatoria.
Ahora: Practicadas las citaciones, empiezo a ser intimado por el letrado del actor, para acreditar diligenciamiento de la citacion, etc. Como el domicilio no tenia placa, etc, fue muy dificil notificar al tercero, y una de esas citaciones se perdió y me tuvieron por desistido de la misma.
Ahora supongamos que ese tercero fuera el verdadero empleador de los actores.
La pregunta es; Yo tengo un contrato civil de indemnidad, pero resulta que el tercero que firmo dicho contrato no pudo ser incorporado al proceso laboral en el que mi cliente es demandado, por las razones que vengo relatando.
Entonces, existe alguna posibilidad el dia de mañana, en caso de sentencia condenatoria, de poder repetir lo pagado -en virtud del contrato civil de indemnidad- contra ese tercero que no fue parte en el juicio?. Ante que fuero tramitaria la accion ?
Asimismo, si se debiera proceder ante el fuero civil, se puede reeditar en el mismo cuestiones de naturaleza laboral?
Aclaro que actualmente no es posible incorporar al tercero que hice referencia. En su momento se intento mediante revocatorias, pedidos de acumulación, etc, pero no hubo caso ya que fue imposible incorporarlo al mismo.
El juicio esta vigente. Mi consulta es por si la posibilidad que tengo de accionar también deba hacerla valer con el juicio laboral en tramite.

El tema es en cierto punto complejo- o al menos para mi-, por lo que desde ya agradezco cualquier comentario al respecto.

Saludos!
 #1138923  por ebarreyro
 
Va a ser complicado repetir, porque le van a oponer excepción de negligente defensa. Por eso la citación como tercero. No se que jurisdicción será, pero generalmente puede hacerse valer hasta la sentencia, sin retrotraer el proceso.
 #1138927  por facuboga
 
Se esta tramitando en la provincia de Buenos Aires.
He intentado mediante citacion, revocatoria correspondiente, etc.
El Tribunal fue inflexible con respecto a la incorporación de ese tercero, porque según refiere, hubo oportunidad para citarlo.
Ahora debe decir que en otros dos juicios casi iguales, pude notificar a esa empresa, para lo cual tuve que hacer múltiples tramites. Notificar bajo responsabilidad de parte, pedir informe a personas jurídicas, adjuntar plano catastral, etc.
Por ello no creo que haya negligente defensa, toda vez que realmente y mas allá del criterio rígido del juzgado, fue de alta complejidad la notificación de ese tercero en el escueto plazo de intimación de 5 días que da el tribunal. A ello, hay que sumarle que la notificacion era en otra localidad a la del juzgado, donde la oficina de notificaciones funciona muy pero muy mal, pierden las cosas, no te dan constancia del ingreso de las cedulas, etc y la demora se produjo principalmente por razones imputables a ese juzgado.
Por ende, quisiera saber como poder proceder, ya que no tengo aun fijada Vista de Causa, y necesito necesariamente poder tener expedita la via para repetir contra esa persona.
Ruego alguna idea o via procesal. Me parece por demas injusto que por el vencimiento de un escuento termino, no se pueda hacer valer un contrato civil de indemnidad cuya responsabilidad es contractual y debiera regir el termino generico -actualmente.- de cinco años que fija el codigo civil.
Muchas gracias.