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 #1140076  por ellp87
 
Buenas!
Tengo una situación con una clienta. Ella estuvo de licencia por embarazo de riesgo y perdió el embarazo, luego le hicieron un legrado por una infección por restos de placenta. En total lleva dos meses de licencia. Dado lo que le comentan, su empleador quiere despedirla por la licencia tomada. Entiendo que le correspondería la indemnizacion más la agravada de 13 sueldos, por estar el el período de los 7 1/2 meses que dispone la LCT verdad? más allá del resultado del embarazo, entiendo que la ley igualmente la protege. He leído fallos al respecto pero no son muchos. Me podrían aclarar esto? Cómo juega ese plazo? antes del parto, y más allá de que haya nacido o no el bebé deben respetar los 7 1/2 meses y si no pagarle la agravada?
Estaba de 16 semanas y había notificado de 8 al empleador.
Muchas gracias.
Saludos
 #1140110  por santiheladero
 
si lleva 2 meses de licencia en total, todavia esta dentro del periodo de 90 dias de licencia por maternidad. Si cuando venza esta no se puede reintegrar tiene la licencia por enfermedad inculpable del ar 208.
si la despiden ahora le tienen q pagar 13 meses de sueldo.
 #1140246  por agentil
 
Para mi siempre que se notifica un embarazo, comienza a correr la presunción independientemente de que el bebe haya nacido a no. Acabo de iniciar una demanda donde mi clienta perdió el embarazo y solicite esa indemnización agravada.

saludos!!