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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #437818  por natalia982
 
hola chicos!!
mi socia acaba de cerrar un seclo y arreglo..el tema es que el 20 % que le tiene que pagar la otra parte( como se arreglo en la 1 audiencia) como lo cobro?????..ya que no se establecio el el acta de cierre,,,,gracias
 #804899  por pabloeiras
 
yo tengo entendido que el 10% es respecto del cliente. Pero a la contraparte, entiendo, se le puede cobrar el 20%.

Alguien puede ratificar o rectificar esto??


gracias.
 #1140133  por DrCiclón
 
Se puede cobrar el 20% pero sólo se puede homologar un PCL hasta el 10%.
 #1140210  por DRA. MACA
 
Tu socio tendria que haber arreglado con el letrado de la demandada que en la proxima audiencia de cobro tambien le debia llevar el 20% de honorarios...si no habla antes despues vienen los problemas.
 #1140327  por Martincho7
 
Si no pactaron nada que conste en el acta, nada te debe la contraparte: se entiende que fue costas por su orden.
Lo siento, Martin
 #1140328  por DRA. MACA
 
Discrepo con el colega anterior, muchas veces en los acuerdos que he realizado en el seclo no constaba que los honorarios los abonaba la empleadora, pero estaba mas que conversado de antemano que en la audiencia de pago se abonaba el 20%, por supuesto que si no esta el dinero, nada se firma, e incluso he cobrado hasta un 40% ofrecido por la otra parte, que sabemos que no podía figurar en el acuerdo si no no lo homologan.

Por eso vuelvo a repetir, si no se habla, después no hay derecho a reclamos posteriores, luego de arreglar la suma para el cliente, es obligación empezar a conversar de los honorarios.