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  • Honorarios sucesión Provincia Bs.As.

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1113970  por wasabi
 
Me encuentro tramitando una sucesión en Prov. de Bs.As.
Iniciada por el hijo y conyuge superstite, casi llegando a la declaratoria de herederos fallece la conyuge, con lo cual pedí declaratoria pero no voy a incorporar los bienes allí, sino que solamente retirare copia de la declaratoria para el otro sucesorio que iniciaré en estos días.
El problema es que por la primer sucesión no regulan honorarios hasta la inscripción, con lo cual no se como seguir adelante.
Es posible pedir regulación argumentando que no se inscribiran los bienes?
Desde ya muchas gracias a todos los que puedan ayudarme
 #1115525  por diegogvillamayor
 
se regulan no hace falta esperar a la inscripcion, denuncia los bienes y lo valores, explica que solo queres la dh y te van a regular 2/3
 #1115546  por nicolas2005
 
Tambien podrías denunciar en el mismo expediente el fallecimiento de la cónyuge si son los mismos bienes que integran el acervo y tramitás todo en el mismo exspediente.
 #1140313  por wasabi
 
Gracias por sus respuestas, tarde pero seguro.
Ahora estoy con otro caso en la misma situación, lo otro se resolvió sólo porque vendieron.
Voy a pedir regulación presentando valuación fiscal espero me regulen y cuento como me fue.
 #1144385  por wasabi
 
MAlejandraRo escribió:Buenas tardes, necesitaria saber q porcentaje se cobra y sobre q valor, e el caso de sucesion, gracias

Hola, se calcula sobre la valuacion fiscal de los inmuebles, al pedir la inscripción.
Si, valuacion fiscal! :x