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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1140507  por martita
 
Estimados foristas.
las jubilaciones posteriores a diciembre de 2006 ¿no recibirán un reajuste con este Programa?
 #1140545  por JUANJOSE47
 
martita escribió:Estimados foristas.
las jubilaciones posteriores a diciembre de 2006 ¿no recibirán un reajuste con este Programa?
Proyecto de Ley
ARTICULO 5º - Los ACUERDOS TRANSACCIONALES versaran sobre las siguientes materias según corresponda al caso:
I Redeterminación del haber inicial

inciso b) En los casos de beneficios otorgados al amparo de la Ley Nº 24241 y sus complementarias y modificatorias, las remuneraciones mencionadas en el inciso a) del Articulo 24, serán actualizadas hasta la fecha de adquisición de derecho (correspondería a la de jubilación), de acuerdo a un indice combinado. El mismo contemplara las variaciones del Indice General de las Remuneraciones (I.N.G.R)
desde el 1º de abril del 1991 hasta el 31 de marzo de 1995, y luego del Indice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables(R.I.P.T.E.) hasta el 30 de Junio de 2008, y desde allí las equivalentes a las movilidades establecidas en la Ley Nº 26417.-
En consecuencia, considero que si bien la ley no nombra a los beneficiarios posteriores al 31.12.2006
(ya Jubilados a la fecha de vigencia de la Ley) también entrarían en el Acuerdo Transaccional
en los tiempos y forma que fije la reglamentación pero solo para la actualización de su haber inicial
(sin retroactivos)
La adecuación de los nuevos coeficientes que corresponden a periodos anteriores a febrero 2009
seria automática solo para las personas que se jubilen a partir de la vigencia de esta ley.-
Ello significaría un incremento de su haber inicial de mas o menos el 2,40% (dado que el mismo
tocaría solo los años 2007 y 2008), y para el gobierno en el arranque le conviene dar el ejemplo con poca plata (la erogación anunciada seria de solo 1.924 millones para el primer año, muy diferente
a la que correspondería si a partir de Septiembre 2016 se hiciera la actualización automática de los mismos indices a las personas jubiladas con anterioridad)
Saludos
 #1140556  por martita
 
Muchas gracias Juan José por tu respuesta. Yo tenía esa duda porque no son nombrados específicamente los beneficios posteriores al 12/2006.