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  • Sucesión conjunta( cónyuges e hijos)

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 #1140988  por onusprobandi
 
Muy buen día para todos los foristas: les paso a comentar que voy a iniciar una sucesión conjunta de dos causantes cónyuges en su momento, ahora bien la cosa es así: este matrimonio fallecido DEL CUAL SE VA A INICIAR LA SUCESIÓN tenia 5 hijos de los cuales 2 de ellos están fallecidos, a su vez estos dos hijos muertos tuvieron hijos es decir herederos.
Mi pregunta es la siguiente: es posible en la misma sucesión por una cuestión de economía procesal, obviamente denunciar que dos de los herederos están fallecidos y a su vez denunciar los herederos (descendencia de los herederos fallecidos) de estos para que todo se tramite en la misma sucesión y que en la declaratoria de herederos se declare que por estos dos herederos fallecidos los suceden sus hijos vivos?? vale recalcar que existe un solo bien inmueble a repartir. Sera posible?
O se deberá iniciar aparte la sucesión de estos dos herederos muertos?--
Espero se haya entendido desde ya muchas gracias, espero alguna respuesta o orientacionn.. SALUTE.
 #1141027  por abogado_1987
 
onusprobandi escribió:Muy buen día para todos los foristas: les paso a comentar que voy a iniciar una sucesión conjunta de dos causantes cónyuges en su momento, ahora bien la cosa es así: este matrimonio fallecido DEL CUAL SE VA A INICIAR LA SUCESIÓN tenia 5 hijos de los cuales 2 de ellos están fallecidos, a su vez estos dos hijos muertos tuvieron hijos es decir herederos.
Mi pregunta es la siguiente: es posible en la misma sucesión por una cuestión de economía procesal, obviamente denunciar que dos de los herederos están fallecidos y a su vez denunciar los herederos (descendencia de los herederos fallecidos) de estos para que todo se tramite en la misma sucesión y que en la declaratoria de herederos se declare que por estos dos herederos fallecidos los suceden sus hijos vivos?? vale recalcar que existe un solo bien inmueble a repartir. Sera posible? entiendo que si, pero todos los causantes deben tener como último domicilio CABA ó prov Baires (no aplica > causante con domicilio en CABA, otro causante en prov Baires, otro causante prov Misiones, etc deben coincidir
O se deberá iniciar aparte la sucesión de estos dos herederos muertos?--
Espero se haya entendido desde ya muchas gracias, espero alguna respuesta o orientacionn.. SALUTE.
ARTICULO 2336.- Competencia. La competencia para entender en el juicio sucesorio corresponde al juez del último domicilio del causante, sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección 9a, Capítulo 3, Título IV del Libro Sexto.

El mismo juez conoce de las acciones de petición de herencia, nulidad de testamento, de los demás litigios que tienen lugar con motivo de la administración y liquidación de la herencia, de la ejecución de las disposiciones testamentarias, del mantenimiento de la indivisión, de las operaciones de partición, de la garantía de los lotes entre los copartícipes y de la reforma y nulidad de la partición.

Si el causante deja sólo un heredero, las acciones personales de los acreedores del causante pueden dirigirse, a su opción, ante el juez del último domicilio del causante o ante el que corresponde al domicilio del heredero único.

http://www.infoleg.gob.ar/infolegIntern ... /norma.htm

Art. 3.284. La jurisdicción sobre la sucesión corresponde a los jueces del lugar del último domicilio del difunto. Ante los jueces de ese lugar deben entablarse:
1° Las demandas concernientes a los bienes hereditarios, hasta la partición inclusive, cuando son interpuestas por algunos de los sucesores universales contra sus coherederos;
2° Las demandas relativas a las garantías de los lotes entre los copartícipes, y las que tiendan a la reforma o nulidad de la partición;
3° Las demandas relativas a la ejecución de las disposiciones del testador, aunque sean a título particular, como sobre la entrega de los legados;
4° Las acciones personales de los acreedores del difunto, antes de la división de la herencia.
http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInte ... ituloI.htm
 #1141039  por onusprobandi
 
Muchísimas gracias¡¡¡ para pasar en limpio todo: puedo iniciar las cuatro sucesiones en un mismo expediente; léase sucesión de ambos cónyuges y de ambos de sus hijos fallecidos que a su vez tienen hijos que denunciaría como herederos en este único expediente?
Mi duda es que al no ser mi cliente ( quien va a iniciar la sucesión) heredero de su hermano muerto ( ya que heredan sus hijos ) si puedo pedir que se declare como sucesores de su hermano muerto a estos hijos, es decir si van a sucederse todos en esta única sucesión, o si de los hermanos muertos luego sus hijos deben abrir las respectivas sucesiones...


Disculpen que vuelva a repreguntar pero como que me esta mareando un poco el tema.. les agradezco miles.
 #1141042  por legalescom
 
Lo manifestado, por mi parte, se entiende para el caso, que los herederos se domicilien en la misma jurisdicción del causante. Si los distintos causantes, tuvieron su último domicilio, por ejemplo, dentro de la Provincia de BS. As., en ella, pueden pedir, si son todos mayores de edad, prórroga a la jurisdicción del primer causante.
 #1141053  por onusprobandi
 
Disculpen pero no logro entender, si puedo abrir una sola sucesión por los cuatro causantes y denunciar a los herederos de los hijos del matrimonio pre muerto en representación de sus padres muertos por lo que les correspondería si estuvieran vivos.
Recordemos que se inicia sucesión conjunta de ambos cónyuges-------> estos abuelitos tuvieron 5 hijos, dos de los cuales están muertos----------------------> estos herederos muertos a su vez tenían hijos-----> los puedo denunciar como herederos por representación e incluirlos en la declaratoria? o ellos deben iniciar sucesiones aparte y luego solicitar la conexidad de las sucesiones?
Hice lo de las lineas para orientarme yo un poco mejor.. desde ya muy amables por su tiempo. les voy a dar noticias de como lo inicié y como me fue.
 #1141055  por legalescom
 
Ante todo, ¿cual fue el último domicilio de los distintos causantes?. Si todos vivían, por ej., en Pcia. de Bs, As. o algunos en capital ?
 #1141106  por onusprobandi
 
Todos tenían domicilio en la misma localidad, ayer estuve hablando con un colega un poco mayor y con mas experiencia y me decía que tengo que iniciar en principio la sucesión de los abuelos, denunciar a los herederos de los hijos muertos, luego estos iniciar cada uno la respectiva sucesión y luego pedir la conexidad de los expedientes...