Hola colegas: Una empresa camino a la quiebra (hoy sin producción) ofrece a cuatro de sus trabajadores una indemnización cercana al 75% de la que les correspondería. La empresa dice que para abonarles la indemnización ha puesto a la venta un inmueble (cosa que es cierta). Quiero presentar un acuerdo a los efectos que homologuen en el Tribunal laboral (provincia), pero mi duda es como puedo asegurarme ese pago. Con un embargo acordado en el convenio? Escucho sus ideas. Gracias
soytripero escribió:Hola colegas: Una empresa camino a la quiebra (hoy sin producción) ofrece a cuatro de sus trabajadores una indemnización cercana al 75% de la que les correspondería. La empresa dice que para abonarles la indemnización ha puesto a la venta un inmueble (cosa que es cierta). Quiero presentar un acuerdo a los efectos que homologuen en el Tribunal laboral (provincia), pero mi duda es como puedo asegurarme ese pago. Con un embargo acordado en el convenio? Escucho sus ideas. GraciasNo importa de donde hayan sacado el dinero, sino que cuenten con el mismo, de todas maneras en los acuerdos se establece un porcentaje por día de mora y, también en que fecha no se realice el pago se produce inmediatamente la ejecución.
Acordate de fijar bien de que día a que día se realiza el pago, en cuantas cuotas, de cuantos pesos, cuando se realiza el primer pago, en fin, y en lo posible, y si es gaucho el Tribunal te lo homologan en el mometo (o una hora , hora y pico, depende de la voluntad).