Buenos días, soy una novel abogada y me llego un cliente que me planteo el siguiente caso:
El causante era casado y tuvo un hijo. En 1994 se divorcia por el 214 inciso 2, el único bien de la sociedad conyugal era un inmueble (de la escritura surge que cada cónyuge es dueño de un 50%), acuerdan que dicho inmueble le sea otorgado a la que era su esposa, en la sentencia de divorcio se homologa el acuerdo y el mismo es adjudicado y anotado en el registro a su nombre. Luego, la ex esposa, le dona el inmueble al hijo de ambos, la donación es aceptada y se inscribe a nombre de este.
El causante, 8 años antes de divorciarse, vive en concubinato y tiene otro hijo (mi cliente) con la concubina. Mi cliente siente que el padre lo perjudico en su legitima al disponer de su parte del inmueble sin haberlo tenido en cuenta, y me pregunta si tiene algún remedio judicial contra su hermano para traer la mitad de ese inmueble a la sucesión.
A mi entender la acción de reducción no sería procedente, porque el hermano de mi cliente recibió la donación de un bien que le fue adjudicado a su madre por una sentencia de divorcio, acá no hubo una donación del causante a su ex esposa, sino que hubo un acuerdo de liquidación de la sociedad conyugal que fue homologado por el juez.
Por favor que alguien con más experiencia opine si mi razonamiento es válido, toda crítica será bien recibida. Gracias.
El causante era casado y tuvo un hijo. En 1994 se divorcia por el 214 inciso 2, el único bien de la sociedad conyugal era un inmueble (de la escritura surge que cada cónyuge es dueño de un 50%), acuerdan que dicho inmueble le sea otorgado a la que era su esposa, en la sentencia de divorcio se homologa el acuerdo y el mismo es adjudicado y anotado en el registro a su nombre. Luego, la ex esposa, le dona el inmueble al hijo de ambos, la donación es aceptada y se inscribe a nombre de este.
El causante, 8 años antes de divorciarse, vive en concubinato y tiene otro hijo (mi cliente) con la concubina. Mi cliente siente que el padre lo perjudico en su legitima al disponer de su parte del inmueble sin haberlo tenido en cuenta, y me pregunta si tiene algún remedio judicial contra su hermano para traer la mitad de ese inmueble a la sucesión.
A mi entender la acción de reducción no sería procedente, porque el hermano de mi cliente recibió la donación de un bien que le fue adjudicado a su madre por una sentencia de divorcio, acá no hubo una donación del causante a su ex esposa, sino que hubo un acuerdo de liquidación de la sociedad conyugal que fue homologado por el juez.
Por favor que alguien con más experiencia opine si mi razonamiento es válido, toda crítica será bien recibida. Gracias.