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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1141479  por drasaifeliza
 
MUY BUENAS NOCHES. TENGO UN CLIENTE CON REAJUSTE GANADO Y RESUELTO FAVORABLEMENTE. FUÍ A SENTENCIAS JUDICIALES DE ALSINA 250 Y ME INFORMAN QUE VA A ESTAR AL COBRO DESPUÉS DEL 10 DE JULIO. DADO QUE HACE UN TIEMPO QUE NO IVA ALLÍ ME INFORMARON QUE AHORA LAS LIQUIDACIONES LAS ENVIAN AL JUZGADO. LAS PREGUNTAS SON: PARA QUE LAS ENVÍEN TENGO QUE SOLICITAR AL JUZGADO SE LIBRE OFICIO AL EFECTO? PORQUE CUANDO FUÍ MUCHO NO ENTENDÍ. EN EL SUPUESTO AFIRMATIVO PARA PEDIR ÉSTAS TENGO QUE ACOMPAÑAR LA HOJA DE LA PÁGINA DE ANSES DONDE FIGURA QUE ESTÁ RESUELTO FAVORABLEMENTE AL JUZGADO? SI ME PUEDEN PONER AL TANTO PORQUE? ESTOY DESORIENTADA. GRACIAS
 #1141521  por Mauricia
 
Hola: Mira, yo cobraria primero, seguro va a ser el 15 de julio. Y a menos que le paguen una suma enorme de mas, yo no me apuraria en tener la copia de la liquidacion, igual te va a demorar meses porque el judicial debe estar en el archivo. Si consideras que le liquidan de mas, aclarale al cliente que estan cobrando pero sin tener la liquidacion de la anses a la vista para ver si es correcto o no.