Colegas,
Alguna si mal no recuerdo, en alguna oportunidad leí que los condenados a prisión que reúnen el requisito de edad para jubilarse, en lugar de una jubilación pueden obtener una pensión. Alguien sabe algo al respecto, y en su caso cómo se inicia? Ya que me vino a ver una clienta cuya madre tiene condena firme y cumplió los 60 años.
Por su parte el art. 19 inc. 4 del Cód. Penal dice: "La suspensión del goce de toda jubilación, pensión o retiro, civil o militar, cuyo importe será percibido por los parientes que tengan derecho a pensión"
Muchas gracias, Mariano.-
Alguna si mal no recuerdo, en alguna oportunidad leí que los condenados a prisión que reúnen el requisito de edad para jubilarse, en lugar de una jubilación pueden obtener una pensión. Alguien sabe algo al respecto, y en su caso cómo se inicia? Ya que me vino a ver una clienta cuya madre tiene condena firme y cumplió los 60 años.
Por su parte el art. 19 inc. 4 del Cód. Penal dice: "La suspensión del goce de toda jubilación, pensión o retiro, civil o militar, cuyo importe será percibido por los parientes que tengan derecho a pensión"
Muchas gracias, Mariano.-