Tengo una clienta que, tras divorciarse de su marido, alquila en otro inmueble (mas grande, donde vive con su hija y su nueva pareja). Su ex marido, hace lo mismo, alquilando otra vivienda, aunque no cumple con un acuerdo homologado de alimentos.
Tienen un inmueble en común (no hay liquidación de sociedad conyugal aún), que está abandonado, pues ninguno de los ex cónyuges lo utiliza.
La idea es alquilar el inmueble ganancial, y solicitar el embargo del 50% del canon locativo ante la falta de cumplimiento del acuerdo de alimentos. El problema es que el alimentante no aparece, se niega a tener trato con su ex mujer.
Sería recomendable alquilarla igual? sin la firma del ex cónyuge, o antes habría que iniciar un incidente por "atribución del hogar conyugal"? aunque no sería para vivir en él, sino para alquilarlo.
Desde ya, muchas gracias.
Tienen un inmueble en común (no hay liquidación de sociedad conyugal aún), que está abandonado, pues ninguno de los ex cónyuges lo utiliza.
La idea es alquilar el inmueble ganancial, y solicitar el embargo del 50% del canon locativo ante la falta de cumplimiento del acuerdo de alimentos. El problema es que el alimentante no aparece, se niega a tener trato con su ex mujer.
Sería recomendable alquilarla igual? sin la firma del ex cónyuge, o antes habría que iniciar un incidente por "atribución del hogar conyugal"? aunque no sería para vivir en él, sino para alquilarlo.
Desde ya, muchas gracias.