HOLA: Estoy haciendo un sicam para una pension. llega con la regularidad con los aportes de relacion de dependencia.
Tiene una inscripcion de autonomos y solo algunos meses sin deuda. Tengo entendido que en el caso de pension, cuando figura con deuda no se puede aplicar ningun art en el sicam, se lo envia asi y en la solicitud de anses en observaciones deberia aclarar que por tales meses aplico dto. 526/95 o en el mismo sicam aplico la prescripcion de la ley 14236? eso es en casos de deudas de mas de 10 años no?
Tiene una inscripcion de autonomos y solo algunos meses sin deuda. Tengo entendido que en el caso de pension, cuando figura con deuda no se puede aplicar ningun art en el sicam, se lo envia asi y en la solicitud de anses en observaciones deberia aclarar que por tales meses aplico dto. 526/95 o en el mismo sicam aplico la prescripcion de la ley 14236? eso es en casos de deudas de mas de 10 años no?