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  • Accidente trabajador no registrado y prescripcion

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1138714  por Lexiuris
 
Colegas creia que tenia claro el tema pero me genero dudas un post que lei el tema es asi

el señor sufre accidente en el año 2010, no estaba registrado, al mes despues del accidente, lo registran, durante todos estos años sigui mal, se hizo montones de estudios, con problemas en las rodillas producto de la caida,hasta en el diciembre de 2015 lo operan, recomendando el medico tareas acordes, la empresa lo despide sin contemplaciones.

Se que el tema del accidente deberia ser contra el empleador por no estar registrado cuando sucedio el mismo, pero alguien de aca, no recuerdo el usuario menciono que puedo ir contra la art porque luego lo registraron, contra quien vos, contra empleador, art o ambos??????

Por otro lado si bien el accidente ocurrio en el 2010, tengo todos los estudios de todos los años posteriores, donde refiere a dicha caída, y mas que se operó el año pasado, y hasta el dia de hoy continua con dolores en las rodillas y columna producto de esa caida, no estaría entonces prescripto, no?

La verdad se me complico con esos temas si me pueden dar una mano los mas experimentados se los agradecería, mas leo mas dudas tengo :evil:
 #1141731  por LauraS
 
1) Como tomo conocimiento de su incapacidad/ dolencia en 2015, no esta prescirpto para mi. Inicia SECLO

2) Contra la ART que era quien lo aseguraba en 2015.
 #1141837  por Lexiuris
 
LauraS escribió:1) Como tomo conocimiento de su incapacidad/ dolencia en 2015, no esta prescirpto para mi. Inicia SECLO

2) Contra la ART que era quien lo aseguraba en 2015.
Hola LauraS ante todo gracias por responderme, si para mi tampoco esta prescripto, queria que alguien con mas cancha en la materia me lo confirme...

lo de la art no lo sabía, me salvaste!! Ya saco turno y mando telegrama a la art que se que se va a desesntender o rechazar todo como siempre.

Mil gracias!
 #1142360  por rupertina
 
Estimados, tengo una duda en un caso, mi cliente trabajo como monotributista, estoy haciendo la demanda por fraude laboral. Anteriormente tuvo un accidente "in itinere" y fue atendido por la misma empresa que lo contrato ya que cuenta con autoseguro, mi duda es la siguiente, quiero reclamar una incapacidad laboral del 10%, pero no se si hacerlo en la misma demanda por fraude laboral demandando a la empresa que lo contrataba, si citar en garantia a la aseguradora ya que en definitiva son ellos mismos o si debo hacerlo en una demanda aparte pidiendo la inconstitucionalidad de la etapa prejudicial. Cualquier ayuda o consejo, se los agradecere!!
 #1142372  por LauraS
 
Podes hacerlo en cualquiera de los modos que indicaste.- En la misma demanda o en demandas separadas.-

Ahora;: Esta seguro que la empresa se AUTOASEGURO, o lo que Ud dice es que responde la empresa por OMISION DE CONTRATAR ART?
Porque eso cambia bastante la cosa.... Si SU cliente no tiene ART (porque trabajaba en fraude a la ley como monotributista), pero resulta que el resto del personal en blanco CUENTA con ART, Ud puede reclamar la indemnizacion a ESA ART, quien luego de responder tendra accion de reembolso contra la empresa.

Con el CUIT de la empresa, puede consultarlo en la SRT al 0800-666-6778

Exitos!!!
 #1142373  por LauraS
 
Y agrego: Si fuere el caso de que la empresa realmente se AUTOASEGURO, me parece mas efectivo plantear todo en la misma demanda, por celeridad y economia procesal, y unificas la negociacion en bloque

EXITOSS
 #1144451  por Lexiuris
 
LauraS escribió:1) Como tomo conocimiento de su incapacidad/ dolencia en 2015, no esta prescirpto para mi. Inicia SECLO

2) Contra la ART que era quien lo aseguraba en 2015.
Hola, te comento que inicié el intercambio telegráfico, la art lo citó, le realizó estudios, y ahi sin telegrama le dieron un carton con la fecha para que vaya a un médico y le presente los estuduios que tenia en su poder

El cliente no fue y enviamos un telegrama aclarando que tipo de estudios necesitaba porque el actor posee cientos de radiografias y estudios de alta compejidad lo cual es de peso y volumen considerable

Intempestivamente en vez de asignar nuevo turno enviaron carta documento diciendo que el accidente esta prescripto, cuando la ultima operacion del mismo como dije fue en el mes de diciembre de 2015 y en marzo de 2016 fue despedido.

Yo lo que creo es que los estudios salieron muy mal que posee un gran estado de incapacidad y ahora se hacen los desentendidos, sino para que lo citaron a hacerse estudios , de entraga hubieran contestado que por la fecha estaba prescrito.

Saque fecha de seclo, tenemos para luego de la feria.

Quiero saber sus opiniones, si se pisaron solos al enviarle a hacerse estudios , lo cual tengo la carta documento citandolo a hacerse los estudios sin mencionar en ningun momento que estaba prescripto pese a que esta dicha la fecha del accidente y me puede servir en la demanda, se que ahi va a ir porque la art es galeno.

Gracias!!
 #1144663  por carastec
 
Lo de la citación a hacerse los estudios es irrelevante.

La ART va a plantear la prescripción por la fecha del accidente, y vos vas a sostener que no, porque la incapacidad definitiva recién quedó configurada luego de la operación.
y que el Juez decida...

Lo que sí, GALENO está faltando a casi todas las audiencias en el SeCLO.
No te sorprendas si pasa eso...
 #1144755  por Lexiuris
 
Gracias se que galeno no va aunque la semana pasada una conciliadora me confirmó que solamente van cuando la notificacion es mediante telegrama si es electronico ya van haciendo acta de cierre asi que atentos con eso