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  • Sucesion. DH - como procedo a realizar cesion de derechos?

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 #1142379  por doctis
 
Estimados, procedo a consultarles: en una Sucesión, con DH, en uno de los bienes no denunciados en el acervo, las viuda quiere cederle su parte a sus hijos, corresponde por via de cesión de derechos?? Si esto fuese así, el paso es presentarme, adjuntar escrito firmado por todas las partes y manifestar el acuerdo de todas las partes sobre la cesión de parte indivisa a los demás herederos? O bien, directamente pedir en escribanía la cesión por escritura publica y luego presentarla en el sucesorio, para su posterior inscripción?
El pago de las tasas, sobre tasas y declaración jurada de bienes en que parte de todo esto va?
Muchas gracias
 #1142396  por legalescom
 
La cesión de derecho, tenés que hacerla por escritura pública, lo que te va a salir unos cuantos pesos, cediéndole al escribano, lo que podrías cobrar vos de honorarios. Yo te aconsejaría una partición del bien, dejándoles la nuda propiedad a los hijos y el usufructo a la madre.
 #1142429  por Pamuc
 
HOLA , LA CESION VA POR ESCRITURA PUBLICA SE REALIZA ANTE ESCRIBANO NO HACE FALTA QUE HAGAS CONVENIO PREVIO, TE RECOMIENDO LA HAGAS ONEROSA Y LUEGO OPORTUNAMENTE LA INSCRIBIS VOS JUNTO CON LA DH. ES DECIR DENUNCIA EL BIEN PAGAS TASA Y TODO EL RESTO Y PRESENTAS LA CESION SOLICTANDO INSCRIBIRLA JUNTO CON LA DH. TENE EN CUENTA ALGO IMPORTANTE PARA QUE LA CONYUGE SUPERSTITE PUEDE CEDER DE ESTE MODO, NO DEBE SER TITULAR DE DOMINIO, EN CASO DE SERLO POR LA PARTE QUE ES TITULAR DE DOMINIO DEBERA HACER UNA VENTA Y QUE EL ESCRIBANO ACLARE QUE LA CESION INCLUYE GANANCIALES.
ESPERO TE SIRVA!!!!
 #1142493  por LAUBOG
 
Que tal, estoy con un tema similar... a ver si alguien me orienta?

Tengo la DH, llegamos a un acuerdo entre los dos herederos: mi cliente le compra la parte al otro.

Mi tema es como instrumentar el acuerdo -sin hacer una cesión de derechos hereditarios, porque mi cliente no quiere pagar mas nada-

1.El otro abogado quiere que mi cliente le pague al suyo en el momento de firmar el escrito, pero no sería preciso antes de pagar el juzgado de el ok homologándo? Ahora que lo escribo me suena a "mas bien que si", no?

Yo quiero prolijidad, obvio.

2.Entonces: hacemos una presentación conjunta y el pago se difiere a la homologación? Como se instrumenta el pago? Yo creo que solo a traves de la cuenta judicial, no?

3.y si alguien sabe: cuanto cuesta una cesión de derechos (me parece lo más prolijo)

gracias!