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  • EMBARGO INMUEBLE SUCESION

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 #1142634  por Manyula79
 
HOLA UNA CONSULTA, ES PRÒSPERO UN EMBARGO SOBRE UNA PROPIEDAD QUE ES PARTE DE UNA SUCESION PERO SOLO HAY DECLARATORIA DE HEREDEROS NO SE INSCRIBIO. EL FIN ES EMBARGAR PARA LUEGO REMATAR.

GRACIAS
 #1142668  por Squonk
 
Si la propiedad no está inscripta a nombre del deudor, va a ser difícil anotar el embargo
 #1142669  por abogado_1987
 
Manyula79 escribió:HOLA UNA CONSULTA, ES PRÒSPERO UN EMBARGO SOBRE UNA PROPIEDAD QUE ES PARTE DE UNA SUCESION PERO SOLO HAY DECLARATORIA DE HEREDEROS NO SE INSCRIBIO. EL FIN ES EMBARGAR PARA LUEGO REMATAR.

GRACIAS
presumo deudor heredero del causante, entiendo que es viable > “...se decrete embargo sobre el acervo hereditario de la sucesión “.... s/ sucesion ab-intestato”, por el caracter de sucesora de ..... (deudora) del causante...”
 #1142672  por abogado_1987
 
me olvidaba, el embargo recae sobre la proporción que hereda el deudor/deudora >

“...Se deja constancia que la inscripción del embargo ordenado lo es sobre el
...% ó .../... del acervo sucesorio de ..... perteneciente a la sucesora M.J.G..."
 #1142675  por legalescom
 
Según mi modo de ver y entender, no prosperaría un embargo tal, y menos su ejecución, ya que la "indivisión hereditaria" no es un condominio, como para embargar la parte indivisa del deudor. Antes, debería hacerse la partición y, ésta, después de todo, no es constitutiva, sino declarativa de derechos, Art. 2403 del Cód. Civil y Com.
 #1142742  por LauritaAbogada
 
Tenés que embargar los derechos hereditarios del heredero deudor. El acreedor tiene derecho a intimar a los herederos a inscribir la declaratoria respecto del inmueble que forma parte del acervo sucesorio, bajo apercibimiento de hacerlo el acreedor a costa de los herederos. Una vez que se inscriba la declaratoria en el RPI, queda trabado el embargo, el que debe constar en el testimonio.
Saludos,
Lau.
 #1142755  por Manyula79
 
Gracias a todos, gracias Laura así lo estimé. En referencia a la indivisión hereditaria, yo embargué el porcentaje de un inmueble que le correspondía a una garante y la rematé (los titulares eran 3), se vendió en remate.