Buenas noches colegas, se me planteo una duda. Llega una cliente que me comenta trabajo desde agosto de 2.013 para una herboristeria, inició la relación bajo la modalidad PLAN JOVEN POR MAS Y MEJOR TRABAJO (modalidad en q el estado pagaba $1.500 y el resto lo depositaba el empleador) pasados los 6 meses correspondientes del PLAN, la joven continuó las tareas en la empresa como empaquetadora de productos herbales medicinales pero nunca firmó un contrato, he aquí el problema. A mediados de junio de 2.016 la empleadora le indica q prescinde de sus servicios y q en la semana le pagaba la liquidación final, la cual nunca cobro obviamente. Mi planteo es el siguiente: mando TCL intimando se registre la relación laboral como corresponde según art. 7 ley de empleo o hago expresa aplicación del art. 1 y 2 llegado el caso de la ley 25.323 debido al hecho de q al momento de finalizar la relación aunq no registrada si tuvo inicio con fecha cierta!!!!!!!!!!! desde ya grx a quien pueda despejarme la duda!!!!!!!!!!!!
DrGiu escribió:Buenas noches colegas, se me planteo una duda. Llega una cliente que me comenta trabajo desde agosto de 2.013 para una herboristeria, inició la relación bajo la modalidad PLAN JOVEN POR MAS Y MEJOR TRABAJO (modalidad en q el estado pagaba $1.500 y el resto lo depositaba el empleador) pasados los 6 meses correspondientes del PLAN, la joven continuó las tareas en la empresa como empaquetadora de productos herbales medicinales pero nunca firmó un contrato, he aquí el problema. A mediados de junio de 2.016 la empleadora le indica q prescinde de sus servicios y q en la semana le pagaba la liquidación final, la cual nunca cobro obviamente. Mi planteo es el siguiente: mando TCL intimando se registre la relación laboral como corresponde según art. 7 ley de empleo o hago expresa aplicación del art. 1 y 2 llegado el caso de la ley 25.323 debido al hecho de q al momento de finalizar la relación aunq no registrada si tuvo inicio con fecha cierta!!!!!!!!!!! desde ya grx a quien pueda despejarme la duda!!!!!!!!!!!!si no la despidio formalmente, la relacion sigue vigente . intima por la 24013.