Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • CONSULTA DEMANDADOS USUCAPION

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1143731  por Iusgus2013
 
Buenas tardes Colegas. Una consulta, mi cliente va a iniciar usucapión por el inmueble en el que habita mas de 20 años. Realizo mejoras, pago un remate judicial. Este inmueble era de su padre el cual fallecio hace tantos años como los que habita. Ahora bien, cumpliendo todos los requisitos, el caracter de demandados aca los revisten los otros herederos?? Tiene 4 hnos más, que nunca hicieron ningun aporte ni reclamo por la propiedad.
Que opinan? Desde ya muchas gracias, saludos!
 #1143761  por legalescom
 
La demanda de usucapión, lo tiene que ser contra el titular de dominio y, al parecer, el padre del heredero no fue nunca titular del inmueble ¿o me equivoco?
 #1143767  por Iusgus2013
 
legalescom escribió:La demanda de usucapión, lo tiene que ser contra el titular de dominio y, al parecer, el padre del heredero no fue nunca titular del inmueble ¿o me equivoco?

Si, fue el titular. Tengo el informe de dominio. Pero fallecio, y ahi radica mi duda. El padre le dejo el terreno al hijo para que viviera con sus hijos, al tiempo fallecio. Se quedo mi cliente, hizo refacciones, edifico. Pago un remate, pasaron mas de 20 años, ahora bien...tiene hermanos, y esa es mi duda, si ellos son los demandados. Gracias por responder
 #1143788  por legalescom
 
Iniciá la usucapión contra el titular, el padre fallecido, cuando se informe en el expediente que ha fallecido, pedí se cite a los herederos y punto. Cuanto menos digas, mejor, sino te van a pedir que inicies sucesión.
 #1143824  por Iusgus2013
 
legalescom escribió:Iniciá la usucapión contra el titular, el padre fallecido, cuando se informe en el expediente que ha fallecido, pedí se cite a los herederos y punto. Cuanto menos digas, mejor, sino te van a pedir que inicies sucesión.
Muchas gracias por tu respuesta. Me es muy util y me disipaste la duda. Entiendo que no debo denunciar el fallecimiento del titular, solo hago una mera descripcion de los hechos obviando tal situación. Caso contrario, si informo "de entrada" la existencia de herederos, me mandaran a iniciar sucesión.