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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1142228  por dandicapo
 
EStimados, presente una demanda laboral en Quilmes, y en el auto de traslado me ordenaron lo siguiente: ....deberán constituir domicilio electrónico en autos antes del 1° de Agosto del 2016.-
La falta de constitución del mismo acarreará la inmediata constitución de domicilio en los Estrados del Tribunal, a partir de la fecha mencionada (arts. 40, 41 del C.P.C.C. y Res. 707/16; Res. 582/16 de la S.C.B.A-).

Disculpen mi ignorancia, pero que debo hacer? presentando un escrito solo con mi numero de cuit??? en algunas paginas vi que hay q tramitar certificados digitales o qe se cuanto, no me llevo taan bien con la informatica, alguna orientacion?? gracias!
 #1142255  por DRA. MACA
 
dandicapo escribió:EStimados, presente una demanda laboral en Quilmes, y en el auto de traslado me ordenaron lo siguiente: ....deberán constituir domicilio electrónico en autos antes del 1° de Agosto del 2016.-
La falta de constitución del mismo acarreará la inmediata constitución de domicilio en los Estrados del Tribunal, a partir de la fecha mencionada (arts. 40, 41 del C.P.C.C. y Res. 707/16; Res. 582/16 de la S.C.B.A-).

Disculpen mi ignorancia, pero que debo hacer? presentando un escrito solo con mi numero de cuit??? en algunas paginas vi que hay q tramitar certificados digitales o qe se cuanto, no me llevo taan bien con la informatica, alguna orientacion?? gracias!
Tenés que adquirir el token.
 #1142275  por DRA. MACA
 
El proveído es claro: antes del 1° de agosto tenés tiempo.

Suerte.
 #1143093  por carola451
 
Tendrías que acercarte al Colegio de Abogados que te corresponda, adquirir el token y alli te van a explicar todos los pasos a seguir. Saludos
 #1143202  por DRA. MACA
 
Sinceramente, citando al gran Beto Casella, me importa tres carajos el token y el no token, una luca mas una luca menos hoy en día no es nada, se cobra en una consulta.

Por los que intentaron en vano decir que también funciona para los letrados que no son apoderados, mandaron fruta, es SOLO PARA APODERADOS, no vengan con pelotudeces de romper todo, increpar a la Suprema Corte, y argumentos estúpidos, que sólo sirven para "hacerse los ilumininados" en un portal, es mas, sólo un solo enfermo lo sostiene, quien siempre como argumentos legales da tirar nafta y prender fuego, y atiende en la vereda de la casa, en fin, pensamientos de alguien que si ve justamente el valor del token.

Quien también se queja del papel, la tinta y la impresora, tampoco le sabe cobrar a su cliente como corresponde, evidentemente alguien que tiene clientes serios no le va a pedir dinero para las copias :lol: . No es tanto el gasto, eso lo dice el que cuenta las monedas para viajar, y quien hace eso, no puede ejercer asi, como digo siempre, ESTA PROFESIÓN NO ES PARA TODOS, si se quejan de las hojas y la tinta es porque no saben cobrar, si se cobra bien y como corresponde, con buenos clientes, y no todos que no te quieran pagar o te paguen de cuotas de 200 pesos por mes, te va a ir bien y ni te fijás en esos gastos, porque de lo que cobrás y con excelentes impresoras, te parece ínfimo, al lado de lo que ganaste.

El token es un invento para sacar plata, pasa que a algunos no les da el cuero para ejercer en capital y provincia, en capital no pagamos, y en provincia siempre buscan algo para sacarnos plata, lo lamento pero por supuesto el cambio de gobierno, la inflación, y estos disparates que exigen, de mi parte sólo se va a trasladar al bolsillo del cliente, por eso digo que me da igual.
 #1143332  por DRA. MACA
 
Pobrecito, se pregunta y se responde el mismo con otro usuario, ya con eso basta y sobra.
 #1143359  por DRA. MACA
 
Intentaste hacerlo como patrocinante? 8)

Este post es para abogados, por lo tanto como sos un mero particular, lo que digas vale menos que 5 centavos :lol: ,ah cierto, para vos 10 centavos es ser millonario :lol: :lol: :lol: :lol:
 #1143402  por DRA. MACA
 
Intentaste como patrocinante hacerlo? :roll: Contanos che.
 #1143435  por DRA. MACA
 
Además de ser infradotado sos aburrido.

Que enfermo estúpido. Igual vos no sos abogado, entrás acá para pensar que sos abogado.

Triste.
 #1143831  por Andreabog
 
DRA. MACA escribió: Por los que intentaron en vano decir que también funciona para los letrados que no son apoderados, mandaron fruta, es SOLO PARA APODERADOS


Soy patrocinante y el Juzgado de Familia N°2 de Avellaneda había intimado a mi cliente que constituya el domicilio electrónico plazo 5 días el cual lo constituí. Hoy dicho juzgado resuelve tener por constituido el domicilio electrónico e intima a mi cliente a que vaya al juzgado de 8 a 12 hs a que me de poder para realizar presentaciones como patrocinante.

Te pregunto ¿Qué Resolución de la Corte establece que SOLO ES PARA APODERADOS?
 #1143946  por DRA. MACA
 
Aburriste ya con los multiusuarios. Justito también tengo causas en el 2 de avellaneda, jamás me intimaron a constituir domicilio electrónico, te pisaste solito.
 #1143954  por Andreabog
 
La que aburre con sus multinck sos vos que sos una enferma mental esquizofrénica. No te intimaron porque no tenes un solo expediente, tampoco trabajas de abogada. Siempre ingresas a arruinar post y sos una cobarde, una idiota que se pelea y contesta consigo misma. No tenes ninguna causa, solo son experiencias de otros o casos imaginarios y todo tocas de oído. Idiota.
 #1143955  por DRA. MACA
 
El envidioso muere rabioso, te falta poquito para estar bajo tierra, mientras tanto, seguí envidiando mi vida :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: mientras vos comés de la basura, un pobre resentido social hacia quienes somos muy felices y nos va muy bien :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:
 #1143957  por Andreabog
 
No se con que flaco te estas dirigiendo, yo soy una mujer. Cada vez que ingrese alguien ¿lo vas a acusar de ser ese flaco o chongo con el que anduviste? Vos que no ejerces tratá de no arruinar los post, en este portal ingresamos profesionales que ejercemos y vos ingresá a esos foros o chat que son para gente como vos.
 #1143970  por gamorza2002
 
Mas alla de los comentarios de esta estupida que evidentemente no tiene laburo, (mas de 4 mil posts!!!! mamita que loca estas!!!) Yo en provincia uso token aun sin ser apoderado, ahi tambien se ve que esta bestia no labura, ya que podes ser patrocinante y presentar escritos igual, (y esta boba ni se entero) pueden presentar cédulas, mandamientos, oficios, edictos, certificados. Pueden presentar escritos de mero trámite y también hacer presentaciones como gestores en los términos del art. 48 del C.P.C.C. Para el resto de los escritos, el cliente deberá conferir plenos efectos a la actuación de su letrado solo respecto del casillero virtual en el que ha constituido domicilio, que es MUY distinto a actuar como apoderado, como nos quiere hacer creer la BESTIA esta. Resolución 1827/12 Art 4 in-fine.
Saludos.