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  • Consulta Por Desalojo (Sin contrato de Alquiler)

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 #1143921  por DiGoethe1008
 
Buenas tardes a todos. Quería hacerles una consulta para ver si estoy en lo correcto y para ver de que forma pueden asesorarme.
Hace 2 años que alquilo un departamento compartido con un amigo, a nombre de quien estaba el departamento.

La cuestión es que el se mudó y yo me quedé en el mismo, avisando al propietario que iba a renovar contrato a mi nombre y ellos accedieron a que me quede. El mismo venció en Abril de este año y ya que no conseguí Garantía de Capital Federal (ofrecí diferentes opciones: Garantía de banco, seguro de caución, garantía propietaria del Interior), me pidieron que para reemplazar la misma les pague un año de alquiler por adelantado. Les pedí un tiempo prudencial ya que eran aproximadamente $50.000 pesos, la cuestión es que ya habiendo juntado casi todo el dinero y a último momento me cambiaron el panorama y me dijeron que ese dinero iba a ser tomado solo en concepto de garantía y que tenía que seguir pagando mes a mes el alquiler y que luego de dos años esos $50.000 se me devolvían. Claramente mi situación económica no me permite dejar guardado ese valor (Menos considerando en que pueden tranquilamente ponerlo en un plazo fijo y duplicar el dinero en el transcurso de dos años).

La cuestión es que ahora me niego a pagarles ese valor como garantía siendo que estoy ofreciendo otras opciones. Jamás me atrasé en ningún pago con el alquiler ni expensas y de hecho, desde Abril que me están cobrando el alquiler con el 15% de aumento como si fuese parte del nuevo contrato, a pesar de que no se celebró y ya que estaban esperando a que juntara ese dinero. Ya es el cuarto mes que pago el alquiler con aumento y estoy sin contrato. Tengo entendido que si me niego a pagar ese dinero que me piden y que si no quieren aceptar ninguna otra opción como garantía, no tienen derecho a desalojarme ya que una vez celebrados los primeros meses de alquiler sin contrato (con aumento y nuevo esquema de valores cada 15% de aumento semestral), por ley puedo quedarme dos años en el lugar, sin atrasarme con ningún pago, obvio.

Un abogado me indicó esta información:
Si se alquila un inmueble sin firmar contrato, ¿cuál es el plazo mínimo que dura la locación?
En principio los contratos de alquiler así también como sus prórrogas y modificaciones deben formalizarse por escrito, pero cuando el mismo no se celebró y se empezó a ejecutar, se considerará como plazo, el mínimo fijado por la ley que es de 2 años para el caso de viviendas y de 3 años para los restantes destinos.


¿Que piensan con respecto a esto?
Gracias desde ya a todos.

Saludos.
 #1144040  por BUENOOLGADOMINGA
 
Soy abogada, en que amparara la verosimilitud del derecho que invocara si no hay contrato de locacion alguno, ni clausulas en las cuales las partes se obligan LOCADOR a la entrega de la cosa, y el LOCATARIO al pago del precio pactado?...

Si es el Locatario, es decir el inquilino, sepa que el Locador no podra exigirle mas de un mes de deposito, y un mes de alquiler adelentado, pide otra suma denuncielo!!!
Tampoco podra pedir suma alguna en concepto de lalave, esa obligacion del locatoario fue eiminadda en el nuevo Codigo Civil y Comercial de la Nacion.
 #1144041  por BUENOOLGADOMINGA
 
Soy abogada, en que amparara la verosimilitud del derecho que invocara si no hay contrato de locacion alguno, ni clausulas en las cuales las partes se obligan LOCADOR a la entrega de la cosa, y el LOCATARIO al pago del precio pactado?...

Si es el Locatario, es decir el inquilino, sepa que el Locador no podra exigirle mas de un mes de deposito, y un mes de alquiler adelentado, pide otra suma denuncielo!!!
Tampoco podra pedir suma alguna en concepto de llave, esa obligacion del locatoario fue eiminadda en el nuevo Codigo Civil y Comercial de la Nacion.
 #1144042  por BUENOOLGADOMINGA
 
Soy abogada, en que amparara la verosimilitud del derecho que invocara si no hay contrato de locacion alguno, ni clausulas en las cuales las partes se obligan LOCADOR a la entrega de la cosa, y el LOCATARIO al pago del precio pactado?...

Si es el Locatario, es decir el inquilino, sepa que el Locador no podra exigirle mas de un mes de deposito, y un mes de alquiler adelentado, pide otra suma denuncielo!!!
Tampoco podra pedir suma alguna en concepto de llave, esa obligacion del locatoario fue eliminada en el nuevo Codigo Civil y Comercial de la Nacion.