Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • CONFRONTE

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #236599  por doctor 2009
 
QUE ES EL CONFRONTE JUDICIAL?
 #236613  por msal
 
- "el confronte": el desarrollo del proceso, visible en el expediente, nos lleva de un acto procesal a otro, controlado por el director del mismo, el juez y las propias partes. Si ante una petición de parte,o por propio imperio, el juzgado ordena un acto procesal como ser: "Notifiquese", "Líbrese cédula, mandamiento u oficio", debe existir concordancia entre esa pieza procesal, lo ordenado y su propósito legal. Por ende, cuando el profesional deja en la mesa de entradas, cédulas, oficios o mandamientos, estos pasan "a confronte": un empleado al efecto, verifica que se encuentren cumplidos los aspectos formales y que el contenido concuerde en forma precisa con lo ordenado. Confrontado eso, se procede al libramiento.-

Sintesis extraida del Portal Autora Dra. Teresa Furriol
 #236782  por doctor 2009
 
TE AGREDEZCO POR LA MUY COMPLETA RESPUESTA
UNA CONSULTA MAS Y CUANDO NOS REFERIAMOS A UNA CARTA CONFRONTE O UN OFICIO CONFRONTE? ACA JUEGA LA FIGURA DEL OFICIO 400?
 #237219  por Grays
 
No se a que te referis cuando decis "carta confronte". Respecto del Oficio, se dice que el "oficio esta a confronte" cuando, una vez confeccionado por el abogado, este lo deja en el juzgado, a fin de que se verifique la correcta realizacion del mismo, y se firme, ya sea por el juez o por el secretario. Por ej: En un juicio ejecutivo, se pide la inhibicion del demandado, el juez decreta la inhibicion y manda a confeccionar el oficio de inhibicio. El abogado lo confecciona, lo deja en el juzgado "a confronte", donde ven q cumpla con todos los requisitos, y el secretario lo firma, luego el abogado lo retira y lo diligencia.
Los oficios 400, como los llamas, son aquellos que van con firma del abogado, como ser los pedidos de informes a fin de producir la prueba informativa. Los mismos son confeccionados por el abogado, y sellados por el juzgado, pero no se dejan a confronte. Los chicos de mesa de entrada solo los sellan. (En algunos juzgados ni siquiera los sellas, solo con la firma del letrado se los puede diligenciar.)
Espero haber sido clara y que hayas entendido. Saludos
 #1143563  por JulianEche
 
BUEN DÍA,
QUISIERA SACARME ALGUNAS DUDAS SOBRE UNA SUCESIÓN TERMINADA DONDE SE METIÓ UN X A COMPRAR UNA DEUDA DE EXPENSAS Y UN 10% DE UN FLIAR. TENGO ABOGADA PERO ES MUY ESCUETA PARA EXPLICAR LAS COSAS. (RARO)
 #1143848  por CRC
 
Hola buenas tardes, justamente estoy con una cédula a confronte (es un laboral en provincia), debo hacer algo? es decir, la agregan ellos y diligencian? o debo solicitarlo yo? como sé si sale observada? Gracias.
 #1144082  por flux
 
JulianEche escribió:BUEN DÍA, QUISIERA SACARME ALGUNAS DUDAS SOBRE UNA SUCESIÓN TERMINADA DONDE SE METIÓ UN X A COMPRAR UNA DEUDA DE EXPENSAS Y UN 10% DE UN FLIAR. TENGO ABOGADA PERO ES MUY ESCUETA PARA EXPLICAR LAS COSAS. (RARO)
Tambien es raro que te saques las dudas de un procedimiento judicial por internet consultandole a gente anonima que "dice ser abogada" (pero no sabes si lo es) cuando ya tenes abogado

Suponiendo que aca te digamos algo..., que le vas a decir a tu abogada? que el doctor de la internet te dijo tal cosa? que pensas que te va a contestar? se te va a mear de risa ahi mismo si le decis que "la internet dice"..., hasta capaz te contesta "bueno, que la internet haga tu juicio"

No fue por gastarte la respuesta que te di, pero es para que veas la ilogica de controlar el trabajo de un abogado con consultas anonimas por internet..., en tal caso, si consideras que en tu expediente hay algo raro, tendrias que ir a otro abogado, y pagarle para que vaya a ver tu expediente y te haga un analisis de situacion acerca de que esta pasando (por supuesto, elegi un abogado de confianza, osea, uno que te recomiendan que te va a decir la posta, no uno que te diga de una y sin leer el expediente que "esta todo mal hecho, pero el te lo puede salvar", cosa de agarrar tu caso, osea que te diga la verdad, si esta bien, esta bien, si esta mal, esta mal)
 #1157204  por Adso
 
flux escribió:
JulianEche escribió:BUEN DÍA, QUISIERA SACARME ALGUNAS DUDAS SOBRE UNA SUCESIÓN TERMINADA DONDE SE METIÓ UN X A COMPRAR UNA DEUDA DE EXPENSAS Y UN 10% DE UN FLIAR. TENGO ABOGADA PERO ES MUY ESCUETA PARA EXPLICAR LAS COSAS. (RARO)
Tambien es raro que te saques las dudas de un procedimiento judicial por internet consultandole a gente anonima que "dice ser abogada" (pero no sabes si lo es) cuando ya tenes abogado

Suponiendo que aca te digamos algo..., que le vas a decir a tu abogada? que el doctor de la internet te dijo tal cosa? que pensas que te va a contestar? se te va a mear de risa ahi mismo si le decis que "la internet dice"..., hasta capaz te contesta "bueno, que la internet haga tu juicio"

No fue por gastarte la respuesta que te di, pero es para que veas la ilogica de controlar el trabajo de un abogado con consultas anonimas por internet..., en tal caso, si consideras que en tu expediente hay algo raro, tendrias que ir a otro abogado, y pagarle para que vaya a ver tu expediente y te haga un analisis de situacion acerca de que esta pasando (por supuesto, elegi un abogado de confianza, osea, uno que te recomiendan que te va a decir la posta, no uno que te diga de una y sin leer el expediente que "esta todo mal hecho, pero el te lo puede salvar", cosa de agarrar tu caso, osea que te diga la verdad, si esta bien, esta bien, si esta mal, esta mal)
Aplausos, medalla y beso!