Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Despido de empleados por crisis económica

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1144470  por DrOcto
 
Hola a todos, quisiera hacerle una consulta.

Básicamente un empleado necesita despedir a varios empleados porque perdió clientes, porque los que le quedan le pagan con 3 meses de atraso (principalmente el estado) y porque ya no pueden afrontar esto. Así que lo que quieren hacer es despedir y con la plata que les deben pagarán las indemnizaciones.

Entiendo que la "crisis económica" para abonar el 50% de la indemnizacióon por antigüedad es muy excepcional y restringida, y de hecho dudo que opere en este caso ya que mi cliente últimamente no se presenta a las licitaciones habida cuenta que a las últimas cinco que se presentó las perdió y por mucho (en realidad dejaron de presentarse porque el Estado tarda mucho en pagar y prefieren cerrar esas contrataciones).

Ahora bien, qué me recomiendan?:
Opción 1: Despedir a todos, con el correspondiente preaviso, y pagarles la indemnización por antigüedad.
Opción 2: Despedir a todos aduciendo crisis económica y pagarles la indemnización correspondiente (1/2 de la de antigüedad), y esperar uno que otro juicio por la correcta liquidación.
Opción 3: Despedir a todos, no pagar indemnización y esperar la catarata de juicios, hasta tanto se podría hacer trabajar el dinero destinado a indemnizaciones y quizás reubicar a algunos empleados en otros emprendimientos que surjan.

Asimismo, tengo otra duda: tengo que darle "aviso" al ministerio de trabajo de lo que estoy por hacer? Me entra esta duda ya que nunca estuve del lado de la empresa, siempre del empleado, y no sé si el hecho de que se vaya a despedir a tantos empleados implique que haya que poner en conocimiento suyo la situación)

Gracias!!
 #1144487  por santiheladero
 
la falta de trabajo debe estar comprobada y siempre es dificil de probar. el empleador debera en tal caso iniciar un procedimiento preventivo de crisis de la ley 24013 si corresponde

lo mas prudente me parece ejmpezar con suspensiones y luego ir avanzando. de las opciones q pusiste la peor es despedir a todos. si va a despedir x falta de trabajo tampoco puede hacerlo a todos , debe empezar por los reecien ingresados
 #1144736  por andresxeneizes
 
al ministerio de trabajo solo vas si necesitas hacer el procedimiento de crisis, pero por lo que contas no camina ni a palos el mismo, sino que lo sucedido es parte del riesgo empresario

la opcion 1 seria la justa, pero va a querer pagarla tu cliente?
la opcion 2 ni en pedo, con el 50% en el bolsillo te van a meter el juicio por el otro 50% y la multa del art 2 25323, y no vas a poder arreglar porque tienen guita en el bolsillo, y en mi experiencia empleado con guita o nuevo trabajo, salvo que le hagan una oferta muy buena no arregla
la opcion 3, no es la mas justa, pero parece la mas viable poniendonos en los zapatos del empresario
 #1144764  por agentil
 
Yo diría hacer una opción 4. Los hablas a los trabajadores y le decís el problema. Le ofreces el 70% mas o menos de la indemnización, y haces un acuerdo seclo espontanea o secose (nose de que es el rubro del empleador).

El seclo con el 70% te lo homologa.


Saludos!