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  • Daños por ley defensa al consumidor

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 #1142637  por estudiodeabogada
 
Colegas tengo el siguiente caso y me gustaría alguna opinión y/o modelo q me sirva de base: Es el sig caso: mi clienta estaba jugando en el bingo de san Miguel embarazada y pidió un helado, mientras lo comía note morder algo q creyó era hielo hasta q al ponerse en la boca algo q creía q era una frutilla mordió un pedazo de vidrio (lo tenemos como prueba, es un vidrio en punta de dos centímetros más o menos q parece ser el borde de algún copon) se descompenso, llamaron a la smbulancia del lugar , fue al hospital y luego siguió todo el proceso del embarazo con controles periódicos y con el miedo q estuviera el bebé afectado. El tema es q inicie mediación en Pcia contra el bingo y Codere (q es q maneja ls bingos) y la cia de seguros y no llegamos a un acuerdo ya q ofrecían 3000$ , la mediadora me aconsejo q iniciará mediación en capital por la ley de defensa al consumidor porq según las nuevas disposiciones era seguro q iban a tratan de solucionar teniendo en cta q podrían tener sanción, dejAndo Stand by el de provincia . Hoy después de dos audiencia cerramos la negociación ya q ofrecían $5000 bajo todo concepto(esto se inició en diciembre) por lo q tengo q continuar en pcia y hablando con la mediadora me dijo q mencionara como al pasar la mediación de capital porq de no hacerlo lo harían ellos para entorpecer la causa. Así q acá estamos medió complicada. En realidad bajamos la pretensión de $60.000 a $ 15000 pero no hubo caso y la mediadora me insistió en q era viable la demanda. Mi pregunta es teniendo en cta q el daño moral ya no es viable por el nuevo ccc iniciarlo por la LDC, pero necesitaría algún modelo y si el daño sería objetivo porq no lo tengo muy claro todavía y tengo q fundamentarlo bien. Gracias
 #1143220  por matutemorais
 
Hola, para mi... si no tenes 3 o 4 testigos que digan que vieron toda la secuencia del vidrio etc... litigar es una pérdida de tiempo.
Para fundamentar podes decir 1500 cosas, pero el daño moral es intangible... depende como lo vez el juez, capaz te dan nada... o dos pesos... el álea es muy grande.
Si fuera tu, agarro los 5000 y a otra cosa.

Saludos
 #1143249  por legalescom
 
Efectivamente, hay que probar que, el vidrio, en sí, fue el motivo de la descompensación y no la aptitud psicológica de la embarazada. Como el letrado anterior, aceptaría la oferta y a otra cosa mariposa.
 #1144473  por mbchechu
 
Tengo un sumarísimo por DyP Defensa al consumidor en Pcia. voy por la Actora.
Me despacharon:
Al punto III: Previo a lo peticionado, haciendo uso de las facultades conferidas por el art. 36 inc. 4º del C.P.C.C., convócase a la totalidad de las partes para que, en compañía de sus letrados, comparezcan a la audiencia del día 08 de septiembre de 2016 a las 10:30 hs. Notifíquese.

mi pregunta es...tengo que hacer la cédula yo o la hace el tribunal? nunca tengo bien en claro como reconocer que cédulas hacen por secrertaria y cuales hace la parte...perdón mi falta de experiencia!