Buen dia. Quería consultarles por una clienta que compro un departamento casada en el año 62. La compra la realizo con dinero propio, así dice la escritura: realiza la compra con dinero de la sucesión de su padre tramitada en el juzgado tal , ante el juez tal. No tuvo hijos y al fallecer el cónyuge , los hijos del mismo tramitaron la sucesión del padre denunciado el bien como ganancial y el juzgado íntimo a la cónyuge a presentarse. La señora se presentó y el juzgado le ordeno acompañar la escritura. Los hijos del marido solicitaron la inscripción del 50 % del bien , pero El juzgado resolvió que debía desestimarse la inscripción toda vez que de la escritura surge que “ compra con dinero de la herencia de su padre “ y del informe de dominio se desprende que “ es propio de la señora”. Mi consulta es la siguiente :ya pasaron 2 años de esta resolución que no fue recurrida por los hijos por lo que estaría firme y es la ultima actuación de la sucesión . tendrá algún problema para venderlo?? En la escritura figura que es propio, el informe surge que es propio y la resolución esta firme. Algún comentario??