Es un caso laboral de una empleada que trabajaba de manicura en una peluqueria y la despidieron directamente sin causa. El tema es que la peluqueria tiene una razon social xxx srl pero los recibos en la parte de empleador no figura la srl sino una persona fisica con domicilio en el local donde trabajaba mi cliente. Ya hice seclo en relacion a esta persona fisica y tengo acta de cierre. Ahora el tema es si al seclo tambien lo tendria que haber iniciado contra la SRL y en base a que art. de la lCT (o cual es la situacion que se da en este caso). Y la otra pregunta es si tengo que enviar telegramas intimando el pago de liquidacion final y certificados e iniciar tambien seclo contra la SRL. Aclaro que es un despido directo.