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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1146067  por estirp
 
Conocen algún jubilado que no haya tenido este texto como resultado?

"De acuerdo a la información que tiene ANSES, este beneficio se encuentra en proceso de evaluación por requerir un análisis más completo. ANSES estima tener una definición final respecto de tu caso el 15 de Septiembre de 2016."


Los 4 que entraron al sitio obtuvieron esto. Aclaro que todos tenían clave fiscal y huella digital de antemano.

Si es como parece, da la sensación que están ganando tiempo.
 #1146093  por llenadedudas
 
Recibi este
De acuerdo a la información que tiene ANSES, este beneficio se encuentra alcanzado por el Programa Nacional de Reparación Histórica, Ley N° 27.260. Para continuar, por favor registrá tu huella digital en los lugares habilitados, tu abogado también debe hacerlo. A partir del 1 de Septiembre de 2016 podrás ingresar a la plataforma web que te permitirá participar de la Reparación Histórica, y así reajustar tu haber.
 #1146099  por lucky
 
De acuerdo a la situación de cada jubilado puede aparecer uno de estos cuatro mensajes:

A. CASO AFIRMATIVO

De acuerdo a la información que tiene ANSES, este beneficio se encuentra alcanzado por el Programa Nacional de Reparación Histórica, Ley N° 27.260.

Cómo continuar: por favor registrá tu huella digital en los lugares habilitados, tu abogado también debe hacerlo. A partir del 1 de septiembre de 2016 podrás ingresar a la plataforma web que te permitirá participar de la Reparación Histórica, y así reajustar tu haber.

B. CASO AFIRMATIVO, SIN CAMBIO EN EL HABER

De acuerdo a la información que tiene la ANSES, este beneficio se encuentra enmarcado dentro del Programa Nacional de Reparación Histórica, Ley N° 27.260, pero su aplicación no genera diferencias a tu favor en el haber mensual correspondiente.

C. CASO EN ESTUDIO

De acuerdo a la información que tiene ANSES, este beneficio se encuentra en proceso de evaluación por requerir un análisis más completo. La ANSES estima tener una definición final respecto de tu caso el 15 de septiembre de 2016.

D. CASO NEGATIVO

De acuerdo a la información que tiene la ANSES, este beneficio no se encuentra alcanzado por el Programa Nacional de Reparación Histórica, Ley N° 27.260 (Art. 3), debido a que el mismo corresponde a una prestación con régimen diferente al Sistema Integrado Previsional Argentino. Para mayor información podés consultar el texto completo de la Ley N° 27.260 de Reparación Histórica.
 #1146120  por lilianalp
 
buenos días, yo de las claves que tengo tuve de los 4 tipos de resultados, en general aquellos jubilados que hoy están cobrando mas de la mínima me dio caso afirmativo con diferencia en el haber.-
los que cobran la mínima en todos los casos relación de dependencia (no autónomos) me dio que están comprendidos pero que no da diferencia (en casi todos tengo reajuste iniciado).-
un solo caso que esta en evaluación que es una pensión que estoy con reclamo administrativo para el reajuste tengo que notificarme de la reso.-
un caso me dijo que no esta comprendido porque la jubi es de un régimen excluido expresamente de la ley.-
 #1146145  por marita1980
 
Me dieron todos los casos la respuesta B, alguno cobra el mes que viene la sentencia, probe de paso, otros los tengo en ejecución con sentencia firme y habiendo cobrado embargo y voy por el segundo atento a que Anses no le ha generado nada.
:oops:
 #1146178  por estirp
 
En uno de los casos ya tiene cobrado embargo sin actualización de sueldo. Por ende, se está acumulando el retro. Incluso en ese caso le sale la opción C.
 #1146191  por NORMA
 
A mi me tocó la respuesta A,y el haber del jubilado supera ampliamente el mínimo !
 #1146257  por fabidoc
 
Todos mis casos consultados de rrdd puros
Dan afirmativo
Algunos mixtos también, depende el caso
 #1146264  por Marina81
 
yo tengo un caso, que cobra jubilacion minima, y le salio la opcion A, PARA EL 1 DE SEPTIENBRE, nunca inicio juicio ni reclamo alguno.- lo que lei es que nosotros debemos realizar los calculos a los fines del ajuste? como saber el aumento que le corresponde habiendo cobrado la minima siempre? y en que se basan, donde puedo leer sobre este calculo que solicitan, saludos y gracias ppor anticipado colegas
 #1146267  por Anyweb
 
En 4 casos que consulté aparece la opción A. Tres de Ley 24241 y uno de 18038. Este último cobrando la mínima, los otros cobran entre $6.000.- y $8.000.-
En otro caso de Autónomo Puro aparece opción B.