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 #1145637  por valeriadiz
 
MARIO1943 escribió:
valeriadiz escribió:
MARIO1943 escribió:No hagan tantos cálculos, los números no cierran para nada, dice que gana pesos 55.000 de pension , cuando la jubilación máxima actualmente es de pesos 31.500 , y la pensión tiene que ser el 70%
No comprendo su comentario Mario. Mi abuelo no llego a jubilarse y mi abuela cobra su pension. Hace unos 5 anios le salio jucio contra Anses por reajuste y retroactivo segun caso Badaro. No se de los limites que habla. Conozco vecinos de mi abuela cobrando arriba de 100.000 pesos pero son del poder judicial.
Así es los del poder judicial no tienen tope, la presidenta cobra de pensión pesos 70.000, viendo el recibo de cobro y el juicio ANSES, también han considerado inscontitucional el tope, seguro que en el retroactivo le deben haber descontado lo que no aporto ya que el sueldo estaba con tope, hay fallos sobre tope, muy interesante Tu caso, actualmente el tope es el que mencione
Digamos que deberiamos sentirmos de suerte privilegiada. Realmente no sabia que el maximo fuera ese. Gracias por la explicacion.
 #1145886  por mariama2016
 
valeriadiz escribió:A continuacion les copio la ultima liquidacion de haberes desde la pgina de Anses:

Fecha Emisión: 01/07/2016 Fecha Liquidación: 01/07/2016
Concepto Empresa Descripción Haberes Deducciones
001 000 HABER MENSUAL 55594,25
204 000 DESCUENTO LEY 24463 - ARTICULO 9 - 2889,59
309 000 IMPUESTO A LAS GANANCIAS 10557,43
318 008 OBRA SOCIAL 3% SOBRE HABERES 3013,51
Neto Liquidado $ 39133,72
Valeria, la cuenta que tenés que hacer es el concepto 001 ($55.594,25) menos el importe del concepto 204 (2889,59). De ese resultado, a la mínima (hoy $4958,57 aprox) se le saca el 3%, y a lo que resta ($50.635,00 aprox) el 6%.
No hay errores en el cálculo.
 #1146250  por MARIO1943
 
valeriadiz escribió:A continuacion les copio la ultima liquidacion de haberes desde la pgina de Anses:

Fecha Emisión: 01/07/2016 Fecha Liquidación: 01/07/2016
Concepto Empresa Descripción Haberes Deducciones
001 000 HABER MENSUAL 55594,25
204 000 DESCUENTO LEY 24463 - ARTICULO 9 - 2889,59
309 000 IMPUESTO A LAS GANANCIAS 10557,43
318 008 OBRA SOCIAL 3% SOBRE HABERES 3013,51
Neto Liquidado $ 39133,72
HOLA VALERIA
ES UNA BARBARIDAD QUE A TU ABUELA LE DESCUENTEN DE IMPUESTOS A LAS GANANCIAS $ 10.557
ES ANTICONSTITUCIONAL YA QUE EL HABER JUBILATORIO NO ES UNA GANANCIA
TENES QUE IR A VER AL MIMO ABOGADO PARA QUE LE HAGA JUICIO AL ANSES, EN EL 2015 SALIO EL ULTIMO FALLO
SOBRE ESTE TEMA , TE LO ADJUNTO

Fallo a favor de un jubilado por pago de Ganancias

17 de Mayo de 2015 | 02:46
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“La jubilación no es una ganancia”, según fallo

“La jubilación no es una ganancia”, según fallo

Un fallo de la Justicia de Paraná consideró inconstitucional el cobro del impuesto a las Ganancias a los haberes de un jubilado entrerriano y ordenó que cesen los descuentos al ratificar una sentencia que sostiene que “la jubilación no es una ganancia”.

La resolución que se conoció esta semana fue dispuesta el 29 de abril por la Cámara Federal de Paraná, que ratificó una sentencia de primera instancia de un juez federal y es una de las pocas que se conoce como antecedente a nivel nacional.

En el fallo a favor del jubilado que presentó una “acción de inconstitucionalidad” contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la Cámara sostuvo que “al ser una prestación de naturaleza previsional, queda claro que la jubilación no es una ganancia”.

La resolución confirmó la sentencia del Juzgado Federal 2 de Paraná que hace un año ordenó que al jubilado de Entre Ríos no se le descuente el impuesto a las Ganancias de sus haberes previsionales y “se le reintegren las sumas retenidas a partir de la iniciación de la causa con más los intereses correspondientes”.

La Cámara ratificó en todos sus términos de sentencia recurrida por la Afip y se basó en fallos, disposiciones constitucionales y tratados internacionales para defender al beneficio jubilatorio.