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  • ¿Es derecho de representación?

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 #1146024  por LUROLET
 
Estimados inicié una sucesión por colaterales.
Presento a los dos sobrinos. Una vez iniciada la sucesión fallece uno de estos sobrinos-herederos que presenté
Entonces tengo que presentar a los hijos de este sobrino fallecido.
Entonces muere la causante cuya sucesión inicie y presenté a los 2 sobrinos. Luego muere uno de los sobrinos y debo presentar a los hijos de este último.
Las consultas son:
1) ¿los sobrinos nietos son herederos de su tia abuela? (heredan colaterales hasta el 4to grado)
2) ¿a los sobrinos nietos los presento en representación de su padre?
Gracias.
 #1146339  por legalescom
 
Los sobrinos, hijos de un heredero prefallecido, heredan a éste por derecho propio pero, a sus tios, los heredan por su padre (derecho de representación).El Nuevo cod. civil dispone:
ARTICULO 2427.- Sucesión de los demás descendientes. Los demás descendientes heredan por derecho de representación, sin limitación de grados.