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 #114352  por ggg
 
deje un oficio a confronte para una inhibicion de bienes, una vez confrontado lo retiro y lo llevo al registro no? desde q esta confrontado cuanto tiempo tengo para retirarlo? y para diligenciarlo? otra cosa que significa "con folio de seguridad"?
aclaro la inhibicion la decreto el juzgado de oficio porque es una insania, se entiende para protejer los bienes del presunto insano, paso tiempo...
fue mi primer caso y creo que deje pasar mucho tiempo...gracias estoy preocupado

 #114642  por JUDAMI
 
Efectivamente, tenés que retirarlo de la mesa de entradas del juzgado. Seguramente tengas que dejar constancia en el expediente que lo estás retirando. Vas al Registro y lo ingresás (o lo encomendás a un mandatario).
El folio de seguridad, es una hoja que se adjunta al oficio, firmado por el Secretario del juzgado, donde constan los datos de la persona a inhibir y que supuestamente tiene unas medidas de seguridad para que no "truchen" los oficios con medidas cautelares.-
Suerte

 #114678  por ggg
 
te agradezco muchisimo, fui y como decis deje nota en el expediente y en un libro, ya vi lo q es el folio de seguridad....gracias de nuevo, lo mande por gestoria $15 o ir hasta La Plata...