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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1146622  por bustosadrian
 
Buenas.

Mi mama se divorcio hace 4 años de mi papa y ella se fue de casa. Se acordo poner en venta la casa en la que vivian estando casados. Ese acuerdo fue por escrito y vencio hace 3 años.
Mi papa es jubilado y mi mama, que alquila desde que se fue, proximamente va a ser jubilada tambien.

A) Se encuentra ella en la posibilidad de reclamar un canon locativo a mi papa?

B) Eso es posible a partir de la fecha solamente, o tambien esta en derecho de hacer un reclamo retroactivo?

C) De tener que indagar sobre el nuevo codigo civil, por donde empezaria a buscar sobre esto para orientarme sobre el tema en cuestion?

Muchas gracias
 #1146628  por Alidiaz
 
es complejo el tema.. deberías ir al abogado... o al colegio de abogados para asistencia gratuita.
 #1146630  por bustosadrian
 
Algo que tengo pensado hacer. No obstante no me perjudicaria tener una base de conocimiento.

Donde puedo empezar a leer, dentro del codigo civil sobre el tema?

Algun articulo en particular por donde pueda empezar?

Grcias
 #1146705  por Alidiaz
 
pasa que el ordenamiento juridico es un sistema. Y si desconoces una parte se dificulta aplicar la ley a un caso determinado. Y los reclamos deben plantearlo las partes, los que firmaron el acuerdo. No podés intervenir vos, salvo que tengas poder de tu papa o de tu mama.
 #1146714  por bustosadrian
 
Tengo un poder de parte de mi mama. Aun asi voy a buscar representacion legal.
Voy a entrevistarme con varios abogados antes de optar por uno.

Pero quiero tener una idea mas alla del "a mi una vez me dijeron que..."

Quiero saber si existe el derecho al canon locativo. Quiero saber en donde se habla de eso en el codigo civil. Quiero saber si corresponde cobrarlo para mi mama. Y quiero saber si se puede cobrar retroactivo.

Gracias
 #1146726  por Alidiaz
 
lo mas importante es el acuerdo de división de bienes. Es una especie de convenio. Ahi están los derechos, obligaciones y responsabilidades de las partes. Tenes que llevar ese acuerdo a un estudio jurídico y te sabran decir. Cuando hay contrato se ve primero eso. El canon locativo es una consecuencia posterior que puede ser aplicable o no. El supuesto derecho de tu mama a canon locativo es el árbol, lo que tenes que ver es el bosque..., por eso te digo que hay que revisar ese contrato, que regula los efectos actuales posibles, estudiar sus previsiones naturales y los efectos por incumplimiento.

Tomar decisiones en derecho es como automedicarse, y siendo el patrimonio tan importante, lo más importante es pedir una consulta a un estudio. Porque querer aprender sobre tus derechos no está mal, pero es financieramente incorrecto, estaría tu madre perdiendo dinero mensual si fuera procedente un reclamo contra tu padre.

Cuanto antes debes asesorarte! Suerte
 #1146748  por bustosadrian
 
"Automedicacion"? "El arbol del bosque"? "Asesorate legalmente"?

Te voy a hacer otra pregunta. Cual es el sentido de un foro de abogados publico cuya respuesta a una pregunta especifica es "Asesorate con un abogado"?

Es como si levantara un foro de informatica y como "experto" respondiese "Llama a un tecnico".

De vuelta, y por cuarta vez, donde puedo encontrar en el Codigo Civil sobre el canon locativo?

PD: Vale responder "Todavia no lo lei el nuevo Codigo asi que NO SE" ;)
 #1146766  por ccolalongo
 
Te indicaron amablemente que sin ver la documentación no se puede opinar, es logico que nadie en un foro lo haga. Este no es un portal de consultas gratuitas a particulares (la lay de honorarios prevee que las consultas son aranceladas) para eso tenes los consultorios juridicos gratuitos donde CON la documentacion en mano se puede ver y opinar. Si vas a descalificar a un profesional, lo mejor que podes hacer es anotarte en la carrera de derecho -y en todas las que consideres- te recibas y te auto asesores solo. Nadie va a saber mas que vos.
bustosadrian escribió:"Automedicacion"? "El arbol del bosque"? "Asesorate legalmente"?

Te voy a hacer otra pregunta. Cual es el sentido de un foro de abogados publico cuya respuesta a una pregunta especifica es "Asesorate con un abogado"?

Es como si levantara un foro de informatica y como "experto" respondiese "Llama a un tecnico".

De vuelta, y por cuarta vez, donde puedo encontrar en el Codigo Civil sobre el canon locativo?

PD: Vale responder "Todavia no lo lei el nuevo Codigo asi que NO SE" ;)
 #1146774  por Alidiaz
 
reitero que podrías ir al Colegio de Abogados de su zona. Pero debes concurrir con el acuerdo que debe estar en el expediente.