hola, donde esta el proyecto para leer. saludos adriana
lapm escribió:mmmm para mi le chingaron en la ley! la 26970 cuando se creo se hizo con una vigencia de dos años,con lo cual caduca de pleno derecho el 17/09 que para mi tambien le chingaron en la fecha ya que fue publicada en el boletin oficial el 27/08.
La Ley 24476 se creo con vigencia permanente, con lo cual para cualquier modificacion deberan publicar un decreto o lo que sea.
En todos los articulos que he leido y que son muchos incluyendo consultas en ansess, la version que tengo es que la 26970 se va el 17/09, continuaria la Ley 24476 con dos agregados: 1.- se pedira un socio economico 2.- las cuotas ya no seran fijas, peroo nada dicen si el peridodo de la 26970 continua o se respeta el de la 24476.
Tambien lei por ahi que si en el transcurso de los siguientes 3 años se cumpliera la edad jubilatoria se podra utilizar la 24476!! no la 26970, perooo como dije,no aclaran que periodo abarca.... un caos!!
Ademas estamos hablando de lo que aun es un proyecto de ley aprobado por ambas camaras, pero de que numero de ley hablamos?? fue publicada en el boletin oficial?? nooo????, entonces no es ley ni tiene vigencia! ergo hasta tanto ocurra al menos la 24476 sigue como esta!, es lo que interpreto, que opinan?
Ahora me dispongo a leer las 92 hojas del Proyecto convertido en ley que no tiene numero, poniendo especial enfasis en su art 20, bastante poco claro por cierto.
Saludos!