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  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1146958  por adryco
 
De la Unidad de Medida Arancelaria. Desde Enero 2016 es $ 1.104.-

Art 20: Institúyese con la denominación de "UMA" la unidad de honorarios profesional
del abogado o procurador, que representará el uno y medio por ciento de la
remuneración total asignada al cargo de juez nacional de primera instancia,
entendiéndose por tal la suma de todos aquellos rubros, sea cual fuere su denominación,
incluida la bonificación equivalente a cinco años de antigüedad. La Corte Suprema de
Justicia suministrará y publicará mensualmente, en lugar a determinar por dicho Alto
Tribunal, el valor resultante, eliminando las fracciones decimales. El Colegio Público de
Abogados de la Capital Federal informará a las diferentes Cámaras el valor de la UMA.
Sin perjuicio del sistema porcentual establecido en las disposiciones siguientes, los
honorarios mínimos que corresponde percibir a los abogados y procuradores por su
actividad profesional resultarán de la cantidad de "UMA " que a continuación se
detallan:
l) Honorarios mínimos en asuntos judiciales no susceptibles de apreciación pecuniaria.
1) Divorcios contradictorios __________________________________ 30 uma
2) Divorcios por presentación conjunta o artículo. 214,CC __________ 15 uma
3) Adopciones_____________________________________________ 30 uma
4) Tutela y curatela_________________________________________ 20 uma
5) Insania y filiación________________________________________ 30 uma
6) Impugnación y petición de estado___________________________ 30 uma
7) Tenencia y régimen de visitas______________________________ 15 uma
8) Exclusión del hogar_______________________________________15 uma
9) Veeduría_______________________________________________ 15 uma
10) Informaciones sumarias__________________________________ 3 uma
11) Trámites adm. ante autoridad de aplicación__________________ 3 uma
12) Trámites ante la IGJ_____________________________________ 5 uma
13) Presentación de denuncias penales con firma de el letrado_____ 10 uma
14) Incidente de excarcelación y/o exención de prisión_____________ 30 uma
15) Pedido y audiencia de suspensión de juicio a prueba___________ 15 uma
16) Acta de juicio abreviado__________________________________ 10 uma
17) Actuación hasta la clausura de la instrucción__________________ 30 uma
18) Actuación desde la clausura de la instrucción hasta la sentencia__ 30 uma
19) Acción colectiva en virtud del art. 43 de la C.N.______________ 40 uma
2) Honorarios mínimos por la labor extrajudicial
Consultas verbales 0,5 uma
Consultas con informe 1 uma
Redacción de cartas documento 1 uma
Estudio o información de actuaciones judiciales
y/o adm. 2 uma
Asistencia y asesoramiento del cliente
en la realización de actos jurídicos. 3 uma
Redacción de contratos de locación del 1 al 5 \%
del valor del contrato, con un mínimo de: 2 uma
Redacción de boleto de compra venta del 1 al 5 \%
del valor del mismo, con un mínimo de: 3 uma
Por la redacción de contratos o estatutos de sociedades comerciales, o de asociaciones,
fundaciones y constitución de personas jurídicas en general del 1 al 3 \% del capital
social, con un mínimo de: 8 uma
Redacción de otros contratos del 0,3 al 5 \%
del valor de los mismos, con un mínimo de: 3 uma
Arreglos extrajudiciales. Mínimo el 50\% de las escalas fijadas para los mismos. Para
gastos administrativos de estudio, para iniciación de juicios. 1 uma
Redacción de denuncias penales (sin firma de letrado) 3 uma.
. Asistencia a una audiencia de mediación y/o conciliación 1 uma.


NI SIQUIERA ANSES RESPETA LA LEY DE HONORARIOS .... Cuando paguen los $ 500.- ni para 1 Kilo de tomates!!!

Pero mas me sorprende la simpleza del trabajo que muchos colegas creen que es.... por si no leyeron bien el 50 % le van a pagar en 12 cuotas trimestrales esto significa 3 años .... en cuanto el cliente no cobre una cuota a quien creen que va a llamar ???? a su abogado que todavía esta esperando cobrar los $ 500,.------

Disculpen pero me da mucha bronca....saludos
 #1147016  por sandrao
 
Algunos colegas de la Pcia de Cba me comentaron que ellos se pusieron de acuerdo en cobrar $1000 de gastos y 3 diferencias de haberes
 #1147021  por marita1980
 
Muy de acuerdo con los comentarios de Pabol, seguramente los que cobren 500 pesos no tienen idea de que para asesorar a un cliente se debe mirar el expte, pedirlo digitalizado al archivo para que te lo muestren el año del arquero, hacerles hacer poder, HACERLES LA LIQUIDACION EN COMPARACION CON EL REAJUSTE JUDICIAL QUE LE CORRESPONDIERE (TENER EL BLUE CORP: 15000 ANUALES, O MANDAR A HACER LIQUIDACION, MINIMO 500$), PARA LUEGO HOMOLOGAR ACUERDO Y VAYA A SABER CUANTA MAS HISTORIA, Y ENCIMA LAS COSTAS SI SE COBRAN COMO EL PROCEDIMIENTO DE COSTAS Y HONORARIOS DE LA RESOLUCION 953/2008). Y ASI SALVARSE DE UNA MALA PRAXIS. AL MENOS QUIENES SOMOS RESPONSABLES.
NO TIENEN NI IDEAAAAA, TENDRIAN QUE SER GESTORES.
 #1147022  por buccijulio
 
Sres Abogados

Ya hay IMBECILES trabajando por los $500 del estado.

En los CIBER para sacarles la clave Social les cobran $150 y Uds pretenden trabajar por $500?

Como se denigran, denigran la profesión y son una verguenza
 #1147057  por profesional
 
lo que a mí no me queda claro es que pasa desp que se firma el acuerdo. Hay que pasarlo a la justicia federal para homologarlo. Quien paga el anticipo o bono? y los honorarios que se fijen por la homologación? quien hace los aportes a la caja por esa homologación?
muy lindo lo de ANSeS pero de eso no se dice nada....
 #1147064  por lenga
 
Hola estimados colegas.Mi humilde opinión es que es un insulto que el Anses nos pague $ 500 por cada homologación y aparte hay que ver cuando nos pagan.Al Anses lo único que le importa es que el Jubilado ponga el gancho y se les terminen los juicios.
El letrado que realmente haga todo el trabajo con responsabilidad, de ninguna manera va a estar conforme con la limosna que nos tira el Anses.No me vengan a hablar de competencia, etc, etc..... es una verguenza como nos tratan.

En el Colegio de Abogados de Mar del Plata, ya se fueron a quejar muchos colegas, asi que nos mandó un mail, avisándonos que va a tomar cartas en el asunto, pero hay que ver si realmente lo hacen.Como dato ilustrativo, comparto esa mail:

Informamos a nuestros colegiados que, ante las implicancias que sobre los honorarios y la actividad profesional posee la Ley 27.260 y su Decreto Reglamentario 894/16, la Mesa Directiva del Colegio entendiendo que dicha normativa afecta los honorarios y en consecuencia el decoro y la dignidad de la actividad profesional, ha dispuesto que en la reunión del Instituto de Derecho Previsional a realizarse en el día de la fecha (a las 19.00 en la sede), se aborde dicho tema y que luego las conclusiones alcanzadas, sean tratadas por el Consejo Directivo en su próxima reunión, a fin de evaluar las acciones pertinentes en resguardo del carácter alimentario de nuestros emolumentos. Invitamos a todos los colegas a participar de la misma.
No se si el Anses va a acusar recibo con el reclamo de los Colegios y..... ojo porque tienen sus propios abogados por si las papas queman, pero a mi no me importa y como voy a hacer el trabajo con responsabilidad, del principio al final, "chequeando el monto reajustado", entiendo que $ 500 no justifican mi trabajo.Ya tengo más de 20 jubilados y a todos les dije que les cobro $1.000 y no tuve ningún problema y si el próximo me dice que no, que lo haga con otro colega. Saludos.- :P



Saluda Atte.
Mesa Directiva CAMdP
 #1147066  por lenga
 
Hola profesional.Fijate en la pagina de Anses, Reparación Historica, Abogados y alli te explican como son los pasos a seguir en cada Homologación.Lo que entendí es que una vez que firmamos el acuerdo, por vía electrónica el Anses lo manda a la Justicia Federal y despues al letrado le notoficarán la resolución por la misma vía.- Y los honorarios quedarán para último lugar!!!!!!.Saludos.
 #1147146  por adryco
 
De la página de la Casa Rosada!!!! Se entiende casos 1) homologación $ 500.- honorarios quien sabe cuando 2) ccasos con sentencia se presenta homologación y se pide regulación y en este punto el Juez va a regular


Los abogados de los jubilados son favorecidos por esto?

Quizás, pero también se termina la industria del juicio previsional en la Argentina, porque de ahora en más el Estado pagará lo que corresponde. Además, dos aclaraciones: a quienes no hicieron juicio, la ANSES les pagará el abogado en el trámite para incorporarse al programa. Y quienes tienen sentencia firme pueden pedirle a la justicia que fije los honorarios de los abogados.
 #1150182  por lawyer2007
 
adryco escribió:De la Unidad de Medida Arancelaria. Desde Enero 2016 es $ 1.104.-

Art 20: Institúyese con la denominación de "UMA" la unidad de honorarios profesional
del abogado o procurador, que representará el uno y medio por ciento de la
remuneración total asignada al cargo de juez nacional de primera instancia,
entendiéndose por tal la suma de todos aquellos rubros, sea cual fuere su denominación,
incluida la bonificación equivalente a cinco años de antigüedad. La Corte Suprema de
Justicia suministrará y publicará mensualmente, en lugar a determinar por dicho Alto
Tribunal, el valor resultante, eliminando las fracciones decimales. El Colegio Público de
Abogados de la Capital Federal informará a las diferentes Cámaras el valor de la UMA.
Sin perjuicio del sistema porcentual establecido en las disposiciones siguientes, los
honorarios mínimos que corresponde percibir a los abogados y procuradores por su
actividad profesional resultarán de la cantidad de "UMA " que a continuación se
detallan:
l) Honorarios mínimos en asuntos judiciales no susceptibles de apreciación pecuniaria.
1) Divorcios contradictorios __________________________________ 30 uma
2) Divorcios por presentación conjunta o artículo. 214,CC __________ 15 uma
3) Adopciones_____________________________________________ 30 uma
4) Tutela y curatela_________________________________________ 20 uma
5) Insania y filiación________________________________________ 30 uma
6) Impugnación y petición de estado___________________________ 30 uma
7) Tenencia y régimen de visitas______________________________ 15 uma
8) Exclusión del hogar_______________________________________15 uma
9) Veeduría_______________________________________________ 15 uma
10) Informaciones sumarias__________________________________ 3 uma
11) Trámites adm. ante autoridad de aplicación__________________ 3 uma
12) Trámites ante la IGJ_____________________________________ 5 uma
13) Presentación de denuncias penales con firma de el letrado_____ 10 uma
14) Incidente de excarcelación y/o exención de prisión_____________ 30 uma
15) Pedido y audiencia de suspensión de juicio a prueba___________ 15 uma
16) Acta de juicio abreviado__________________________________ 10 uma
17) Actuación hasta la clausura de la instrucción__________________ 30 uma
18) Actuación desde la clausura de la instrucción hasta la sentencia__ 30 uma
19) Acción colectiva en virtud del art. 43 de la C.N.______________ 40 uma
2) Honorarios mínimos por la labor extrajudicial
Consultas verbales 0,5 uma
Consultas con informe 1 uma
Redacción de cartas documento 1 uma
Estudio o información de actuaciones judiciales
y/o adm. 2 uma
Asistencia y asesoramiento del cliente
en la realización de actos jurídicos. 3 uma
Redacción de contratos de locación del 1 al 5 \%
del valor del contrato, con un mínimo de: 2 uma
Redacción de boleto de compra venta del 1 al 5 \%
del valor del mismo, con un mínimo de: 3 uma
Por la redacción de contratos o estatutos de sociedades comerciales, o de asociaciones,
fundaciones y constitución de personas jurídicas en general del 1 al 3 \% del capital
social, con un mínimo de: 8 uma
Redacción de otros contratos del 0,3 al 5 \%
del valor de los mismos, con un mínimo de: 3 uma
Arreglos extrajudiciales. Mínimo el 50\% de las escalas fijadas para los mismos. Para
gastos administrativos de estudio, para iniciación de juicios. 1 uma
Redacción de denuncias penales (sin firma de letrado) 3 uma.
. Asistencia a una audiencia de mediación y/o conciliación 1 uma.


NI SIQUIERA ANSES RESPETA LA LEY DE HONORARIOS .... Cuando paguen los $ 500.- ni para 1 Kilo de tomates!!!

Pero mas me sorprende la simpleza del trabajo que muchos colegas creen que es.... por si no leyeron bien el 50 % le van a pagar en 12 cuotas trimestrales esto significa 3 años .... en cuanto el cliente no cobre una cuota a quien creen que va a llamar ???? a su abogado que todavía esta esperando cobrar los $ 500,.------

Disculpen pero me da mucha bronca....saludos
Volvemos con lo mismo y damos vueltas, el anses no tiene facultades para regularnos honorarios profesionales esto es un escándalo Juridico y muchos pensábamos que nos jodían por la ideología y caprichos de el gobierno anterior ?????, me incluyo.
n
Ya lo dije en otros post cuidado y sepan que las diferencias son minimas en la gran mayoria hoy 1 cliente vi que tiene de rep hist 315$ que hacemos con eso.....??? nada que hacemos con lo anses nada entonces metamos pata en lo que nos dea de comer.
 #1151370  por silbru
 
Totalmente gente. No solo me parece indignante que ANSES manifieste tan libremente que de los honorarios profesionales se va a hacer cargo, y que además van a ser de $ 500, sino que como muchos dicen acá, me parece peligroso.
Generan una expectativa en la gente imposible de cumplir.
Por lo cual, me parece que está bueno pensar qué honorarios percibir, acordes a la tarea a realizar, y tratar de explicarle esto al cliente. Y si no lo entiende, bueno, no es cuestión de tomar el caso para homologar el acuerdo sin hacer ningún análisis.
En tal sentido, se me había ocurrido 2 veces el monto equivalente al reajuste. Partiendo de la base de que por tramitar la jubilación se cobran 2 meses de haberes.
Pero no se...
 #1151408  por lawyer2007
 
silbru escribió:Totalmente gente. No solo me parece indignante que ANSES manifieste tan libremente que de los honorarios profesionales se va a hacer cargo, y que además van a ser de $ 500, sino que como muchos dicen acá, me parece peligroso.
Generan una expectativa en la gente imposible de cumplir.
Por lo cual, me parece que está bueno pensar qué honorarios percibir, acordes a la tarea a realizar, y tratar de explicarle esto al cliente. Y si no lo entiende, bueno, no es cuestión de tomar el caso para homologar el acuerdo sin hacer ningún análisis.
En tal sentido, se me había ocurrido 2 veces el monto equivalente al reajuste. Partiendo de la base de que por tramitar la jubilación se cobran 2 meses de haberes.
Pero no se...
Ojo fijate en las diferencias reajustadas no todas pero la gran mayoria es de alrrededor de 300 pesos y que vas a hacer con eso ?????