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  • Fin periodo reserva -indemnizacion

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 #113634  por eleudora
 
Hola, apelo a la experiencia. La empresa notifica que a partir del 23/02/08 finaliza el periodo de reserva y que va a prescindir del trabajador-licencia por enfermedad inculpable-. Trabaja desde 11/2004 ganaba $ 1100 (bruto) y me informan que la liquidacion es de $ 300 aprox.
Yo recibi la carta el 21/002/08 y contesto que atento la vigencia aun se iba a predisponer a seguir trabando y que le dieran nuevas tareas acorde a la incapacidad que tiene-(trabajba de operario y le pusieron una protesis de cadera). No me contestaron nada todavia.
Pregunta:
Esta bien lo que hice? Que harian?

Si pido indemnizacion (por 245 o 247 en su caso) tomo los dias efectivamente trabajados (descontando los de enfermedad) o desde que empezo hasta que finaliza por la decision de prescindir de el?
Gracias y perdon por la desorientacion. Besos

 #114710  por sergiosky
 
esta bien lo que hiciste ya que estas invocando el art. 212 LCT, date por despedida atento a los dichos de la empleadora y su posterior silencio a tu TCL, por lo que me parece que accederías a la indemnizacion del art. 212 3er parr (art. 245).-
con respecto a tu pregunta sobre que dias tomar a los fines de la indemnizacion, no le computes el año del periodo de reserva porque no se tiene en cuenta para la indemnizacion, los meses de licencia por enfermedad si.