HOLA COLEGAS!!! Por todas partes busque un CCT aplicable a medicos de clinicas sin internacion en la provincia de Buenos Aires, no hay... la pregunta es...tengo que intimar por la 24013, articulo 8, debo aclarar que NO hay cct???? de hecho no reclamo diferencias salariales.... asi que que la liquidacion la deberia hacer con la remuneracion percibida.....tengo que mandar la CD y no quiero meter la pata, gracias
DRA10 escribió:HOLA COLEGAS!!! Por todas partes busque un CCT aplicable a medicos de clinicas sin internacion en la provincia de Buenos Aires, no hay... la pregunta es...tengo que intimar por la 24013, articulo 8, debo aclarar que NO hay cct???? de hecho no reclamo diferencias salariales.... asi que que la liquidacion la deberia hacer con la remuneracion percibida.....tengo que mandar la CD y no quiero meter la pata, gracias